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Zona de navegación y material de seguridad


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He adquirido un bote de 4 metros de categoría C (12 millas). Lógicamente no pienso salir de las 5 millas. Me han dicho en inspección en capitanía que aunque esté despachado a 12 millas, si me para la GC en 4 millas solo tengo la obligación de enseñarle el material de seguridad que se exige para esa distancia (la de la categoría D). A mí me resulta un tanto raro, pues tenía entendido que si la embarcación está despachada a 12 millas te exigen el material correspondiente, independientemente de la zona de navegación en la que te encuentres.

Por favor, que alguien me lo aclare, no vaya a dar de alta a la embarcación a 12 millas y luego encima le tenga que poner emisora, aro salvavidas, chalecos de 150 N...

Saludos.

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Respeto totalmente lo que te hayan dicho en Capitanía.
Supongo que estará claro que una cosa es la zona para la que esté habilitada la embarcación, según su construcción, y la zona para la que esté despachada....
En ese caso, porqué no la despachas para la zona que deseas (D) ? Esto sería lo más práctico.
Y otra pregunta sería, si decides despacharla en "C"......... aro salvavidas, chalecos 150 N y VHF........no están de más, verdad ?
Desde los 2 m de profundidad, hasta los 800 m.......si vas abajo vas a necesitar lo mismo :)

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Si lo tienes despachado para 12 millas, se entiende que por obligacion has de llevar el equipo de salvamento correspondiente para las 12 millas, no puedes llevar otro, si no piensas salir mas de 4 o 5 millas, despacha el barco para la zona 5 y pon todo el equipo de esa zona, asi es como tiene que ser. Por que si te paran a 4 millas de costa y tu el barco lo llevas despachado para 12, te van a pedir el equipo de seguridad de las 12millas, no el de las 4 que te encuentras, siempre te van a pedir a lo que vaya despachado el barco.

Echa un vistazo a la web de fomento y veras lo que te hace falta y lo que no, asi te vas a aclarar mejor.

http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_CASTELLANO/DIRECCIONES_GENERALES/MARINA_MERCANTE/NAUTICA_DE_RECREO/

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Estoy sacándome el título, y según el libro que me dieron en la escuela náutica hace poco mas de un mes, que debería estar actualizado, deja claro que una embarcación despachada para zona 4 debe llevar todo el material de seguridad para zona 4 (bengalas, cohetes con paracaídas, bote de humo, emisora, GPS, chalecos...), independientemente de la zona en que se encuentre, aunque te paren en zona 5 (menos de 5 millas) puedes estar volviendo a puerto

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Acabo de hablar de nuevo con capitanía marítima y me han vuelto a decir lo que ya os comenté antes. Que la normativa ha cambiado, entonces yo le he preguntado que eso de donde sale y me ha dicho que del RD 1435 de 2010. Ahora después lo buscaré a ver que dice.

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Del RD que mencionas yo entiendo lo contrario a lo que dices te han comentado en Capitanía.
Copi el párrafo que pueda afectar a esta discusión:

i) «Zona de navegación»: zona limitada a una determinada distancia de la costa en la cual [b]se autoriza a navegar a una embarcación, en función de las características de la embarcación y de los equipos de seguridad a bordo de la misma.[/b] Para dicha determinación se tendrán en cuenta las zonas definidas en el apartado 6 del artículo 3 del Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las radiocomunicaciones marítimas a bordo de los buques civiles españoles.

Es decir, si que la embarcación esté autorizada a navegar en zona C, depende de los equipos de seguridad a bordo de la misma..........serán esos equipos y no los correspondientes a la zona en la que te encuentres, los que te solicite la GC, en el caso de una inspección.
La experiencia también nos dice que la mayoría de las inspecciones se producen a la salida y entrada de las marinas, ó incluso atracado en tu propio amarre, entonces.......que equipos podría solicitar revisar la GC ?
Los necesarios para aguas abrigadas ó para 2 millas ?
No conozco inspecciones a 12 millas, de hecho si nuestros impuestos se utilizaran para el combustible necesario para pedir documentos y chalecos a esa distancia sería para hacérselo ver, cuando salen allí es por razones de peso.

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Robaleitor, el tema ha cambiado, la licencia de navegacion no te la despachan para ninguna zona, el barco puede tener categoria b, c, d o la que quieras, la licencia te dice que deberas navegar por aguas autorizadas para tu barco, con el titulo necesario para la embarcacion y la zona de navegacion donde te encuentres y llevar el equipo de seguridad necesario para la zona de navegacion en la que te encuentres.

Las capitanias le pasan la pelota a la guardia civil, alli donde te paren tienes que tener el equipo para esa zona, si compras equipo de seguridad para 5 millas sabes que no puedes pasar de alli.

mi licencia de navegacion es asi.

a mi me han parado en 15 millas.

Saludos mostro!!

Editado por acme
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Entonces ahora segun la normativa tienes que llevar el material de seguridad de la zona donde te encuentres y ahora viene mi pregunta
Yo tengo despachada la patera para 5 millas y quiero ponerla a 12 millas ¿tengo que ir a capitania y cambiarla de zona o simplemente con llevar el material de seguridad sobra?

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Entre la documentación de tu barco deberás tener ( entre otros) un Certificado de Navegabilidad.

En tu Certificado de Navegabilidad, deberá poner la "Zona de Navegación" a la que corresponde. Por detrás deberá especificar el "Inventario del Equipo" o lo que es lo mismo todo lo que deberás llevar a bordo.

Al menos, en el mío así es, y es el documento que me dieron en la Dirección de General de la Marina Mercante - Ministerio de Fomento, y que llevo en mi barco. Y si me para la G.C. es lo que debo tener en él.

Saludos.

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Dlabrax si llevo ese papel pero cuando la matricule la puse para 5 millas y ahora la quiero poner a 12 y con tanto cambio y los señores funcionarios de la capitania no me aclaran mucho ya que segun ellos tengo que pasar una ITB por una empresa colaboradora y por supuesto pasar por caja y la verdad que pagarle 300 e a dicha empresa como que no ya que la embarcacion tiene 3 años y todos sus papeles y certificados en regla lo unico que no llevo ahora mismo es el material para 12 millas hasta que no lo tenga claro no lo compro .
En el certificado de navegabilidad pone C que es hasta 12 millas pero la zona en que se despacho en su dia es 5 millas y ahora segun la nueva reglamentacion esto ha cambiado pero no se aclaran.

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  • 8 meses después...
  • Miembros

hola compañeros, acabo de pasar por academia para sacarme el per en noviembre, y creo recordar que el profe nos comentó que ya no existe ni la posibilidad de despacho de embarcaciones. creo recordar, que lo que te limita en las zonas (3, 4 ó 5) además de la embarcación (creo que las motos de agua, por ejemplo, no podían llegar a zona 4) es el título. con esto os digo, que si te pillan las "algas flotantes" en zona 4, te van a pedir el equipo de seguridad para esa zona, y si te pillan en la 5 igual. así, el equipo de seguridad obligatorio, lo marca la zona en al que te mueves...

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[quote name='pepe_pacheco' timestamp='1355855417' post='872866']
hola compañeros, acabo de pasar por academia para sacarme el per en noviembre, y creo recordar que el profe nos comentó que ya no existe ni la posibilidad de despacho de embarcaciones. creo recordar, que lo que te limita en las zonas (3, 4 ó 5) además de la embarcación (creo que las motos de agua, por ejemplo, no podían llegar a zona 4) es el título. con esto os digo, que si te pillan las "algas flotantes" en zona 4, te van a pedir el equipo de seguridad para esa zona, y si te pillan en la 5 igual. así, el equipo de seguridad obligatorio, lo marca la zona en al que te mueves...
[/quote]

Pues yo acabo de comprar una embarcación de segunda mano que está despachada para zona 6 (dos millas) y pregunté ayer mismo en la agencia que me lleva el cambio de dominio de la embarcación que debo hacer para poder ir a zona 5 (cinco millas) la respuesta fue cambiar el despacho y que me saldría el papeleo por ciento y pico € por lo que deduzco que los despachos por zonas están todavía vigentes

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