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Adquirir barco de segundamano y tramitación de cambio de titularidad


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Buenos días a todos;

Disculpad que os moleste.

Este mismo sabado voy a probar una barca de segundamano :wacko: (del 1985 así que imaginarse como es jejeje) y la verdad es que estoy bastante liado con el precio del cambio de titularidad y demás. :blink:;)

El vendedor me comenta que habría que enviar la documentación a una empresa de Cadiz y que ellos mismos se encargan de tramitar todo para tenerlo en regla.

Por favor necesito que me digais si una gestoria cualquiera podría tramitarlo, el precio mas o menos que estimais y el tiempo que suelen tardar.

Gracias a todos. :bowdown:

Saludos.

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Buenos días Rafael:

Primero distinguir que en la compra-venta hay un precio (es obvio) y luego el impuesto sobre transmisiones que es un 4% del precio que indiqueis en el contrato de compra-venta.

Además está el cambio de titularidad, como bién dices lo puede hacer una gestoria ó lo puedes hacer tu mismo con el contrato de compra-venta, copia de ambos DNI y la documentación del barco, dirigiéndote a Capitanía Maritima, allí también te dirán como ingresar ese 4% que previamente habreis acordado por cuenta de quién va, si lo dejais "por ley" va por cuenta del comprador.

Si te lo hace una gestoría pues los honorarios que estimen conveniente cobrar, yo no soy quién para fijarlos, pero la cosa puede ir por los 100€ y te ahorran tiempo y movimientos.

Saludos

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Muchas gracias Jupa;

Todo aclarado, la única duda que tengo es que el hombre que me la vende me comenta que el cree que toda la documentación la tiene que gestionar un perito naval de cadiz:S:S sería necesario esto??

Muchas gracias por tomarte la molestia de contestar.

Saludos.

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Rafael, es la primera vez que oigo que tenga que gestionar esa documentación un perito naval. En el caso de comprar una embarcación nueva lo suele hacer la misma naútica, en el caso de las de segunda mano lo suelen hacer las gestorías o los compradores cuando se hace entre particulares.

La función de un perito, como su propio nombre indica, es la de peritar y no le veo ningún sentido a lo que te comenta el vendedor.

Saludos

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Me sucede lo mismo que a Jomar, por lo que pensando mucho (casi me hago daño) se me ocurre que la embarcación no haya sido fabricada en serie sino de forma artesanal y necesite algún tipo de homologación, o bién que haya sufrido alguna transformación importante posterior a su fabricación y que dicha transformación no haya sido aún "legalizada" por su actual propietario.

Solo de esa forma entiendo la intervención de un perito naval; de existir estas dudas vale la pena acudir a una gestoría náutica y consultarla, ó no te cobrarán nada, ó el cobro será simbólico y te aclararán la duda.

Saludos

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Buenos días compañeros;

Ya esta todo aclarado, el hombre estaba en lo de el ingeriero naval porque en la nueva que ha comprado lo ha tenido que hacer. Lo voy a hacer mediante gestoria, ya que como mi trabajo se basa en viajar no puedo disponer de tiempo para ello.

Muchas gracias Jomar y Jupa de verdad!!

Un saludo a los dos y os deseo buena pesca!!

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Pues tampoco entiendo que para comprar una nueva tenga que pasar por eso. Las embarcaciones vienen ya con la homologación correspondiente y no es necesario ningún trámite adicional, al menos es lo que he creído siempre, pero ya se sabe que en esto de la náutica cada día nos sorprenden con cosas nuevas para sacarnos los cuartos.

Al menos, en tu caso, te ahorras ese trámite y solo tienes que pasar por la gestoría.

Un saludo

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  • 2 semanas despues...

Cambiar la titularidad de un barco está CHUPADO. Por supuesto que te lo puede hacer una gestoría pero el cañonazo que te pueden dar no es moco de pavo. Poco dinero comparado con lo que vale el barco pero la verdad es que todo va sumando... Puedo entenderlo si no vives en un sitio donde haya capitanía marítima y registro de la propiedad porque sí es cierto que hay que hacer unos cuantos viajes pero es uin trámite sencillo que ya he descrito en este foro.

1.- Hacer un contrato de compra-venta firmado por las dos partes (varias copias). Comprar en un estanco un formulario de pagos a hacienda (el mismo que para compra-venta de un coche). Rellenar los datos fiscales (hay que mirar en BOE el precio fiscal de barco y motor).

2.- Con el formulario de compra venta ir al banco y pagar la tasa que corresponde (4% del valor fiscal del barco). Te ponen un sello.

3.- Ir al Registro de la propiedad con todos los papeles + copia de la documentación del barco. Allí se quedan con ello y quedan en llamarte a los pocos días para recoger el contrato "sellado".

4.- Con otro papelito que te dan en capitanía vas al banco a pagar la tasa por el cambio de titularidad. Te lo sellan.

5.- Vas a Capitanía y entregas todo eso. Formulario de pago a hacienda, documentación del barco, formulario de pago de la tasa, DNIs, contrato de compra-venta (creo que no me olvido de nada)

6.- Cuando está todo te llaman para recoger la documentación con el nuevo titular.

Si quieres más información, dímelo. Lo mismo si te hace falta calcular el valor fiscal o lo que sea. Ten en cuenta que cuanto menos pongas en el contrato de compra-venta, menos impuestos vas a pagar pero hay un mínimo por debajo del cual podrías tener dolores de cabeza con el fisco. La verdad es que si el barco tiene unos años, la pasta es poca y no merece la pena meterse en problemas. Ten en cuenta quer una cosa será la pasta que pagues y otra la que pongáis en el contrato porque muy a menudo el valor fiscal no tiene que ver con el valor de mercado.

Un saludo y para lo que quieras...

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  • 2 semanas despues...

Hola.

He leido vuestros comentarios y me han parecido muy interesantes.

Así que os doy las gracias de antemano.

Tengo un par de cuestiones, que ya que veo que estais puestos en el tema me gustaría comentaros a ver qué opinais.

Primera.

Tengo mi barco en venta, como es de suponer, y tengo una posible venta a un señor del Reino Unido, que me ha dicho que tras hacerme el ingreso en mi cuenta bancaria enviará a alguien para recoger el barco.

YO le he dicho que antes hay muchos trámites, como los que habéis explicado anteriormente.

Me da la impresión que quiere cambiar el puerto del barco e inscribirlo posiblemente en un puerto del Reido Unido. ¿Dice algo la legislación al respecto?

SI me podeis decir algo os lo agradezco.

Segunda.

Hablando sobre las garantías de la embarcación, el código civil recoge unos puntos que hablan sobre saneamiento por evicción y por vicios ocultos.

Además dice que se establece un plazo de dos años, y no menos de uno, para segunda mano, pudiendo ser pactado por los intervinientes, pero nunca menos de una año, en los que el adquiriente puede hacer uso de este derecho, llegando incluso a tener que devolver el importe de la compraventa, pasando por rebaja en el precio o sustitución del bien. Lo que me sorprende mucho, además me plantea la forma de demostrar mediante fotos o de alguna manera el estado actual del barco en el momento de la adquisición.

Que luego no quiero problemas.

¿Qué opináis?

Gracias.

Richi.

:blink:

Editado por richi-Málaga
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Hola.

He leido vuestros comentarios y me han parecido muy interesantes.

Así que os doy las gracias de antemano.

Tengo un par de cuestiones, que ya que veo que estais puestos en el tema me gustaría comentaros a ver qué opinais.

Primera.

Tengo mi barco en venta, como es de suponer, y tengo una posible venta a un señor del Reino Unido, que me ha dicho que tras hacerme el ingreso en mi cuenta bancaria enviará a alguien para recoger el barco.

YO le he dicho que antes hay muchos trámites, como los que habéis explicado anteriormente.

Me da la impresión que quiere cambiar el puerto del barco e inscribirlo posiblemente en un puerto del Reido Unido. ¿Dice algo la legislación al respecto?

SI me podeis decir algo os lo agradezco.

Segunda.

Hablando sobre las garantías de la embarcación, el código civil recoge unos puntos que hablan sobre saneamiento por evicción y por vicios ocultos.

Además dice que se establece un plazo de dos años, y no menos de uno, para segunda mano, pudiendo ser pactado por los intervinientes, pero nunca menos de una año, en los que el adquiriente puede hacer uso de este derecho, llegando incluso a tener que devolver el importe de la compraventa, pasando por rebaja en el precio o sustitución del bien. Lo que me sorprende mucho, además me plantea la forma de demostrar mediante fotos o de alguna manera el estado actual del barco en el momento de la adquisición.

Que luego no quiero problemas.

¿Qué opináis?

Gracias.

Richi.

:pescando:

Mucho ojito, léete esto:

http://www.pescamediterraneo2.com/foros/in...showtopic=21345

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Mucho cuidado. A mí me la intentaron colar de esa manera. Se empeñan en mandarte un talón internacional de esos por más dinero de lo que vale el barco con la cosa de que tú pagues al transporte y en esas historias, al final, el talón no tiene fondos cuando tú has dado dinero a alguien de una manera o de otra. Cuidadín. ¿Por qué un tío inglés compra un barco en España cuando en Inglaterra los hay sin tener que pagar gastos de cambio de abanderamiento y transporte o cuando lo puede comprar a mejor precio en Francia?

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Cambiar la titularidad de un barco está CHUPADO. Por supuesto que te lo puede hacer una gestoría pero el cañonazo que te pueden dar no es moco de pavo. Poco dinero comparado con lo que vale el barco pero la verdad es que todo va sumando... Puedo entenderlo si no vives en un sitio donde haya capitanía marítima y registro de la propiedad porque sí es cierto que hay que hacer unos cuantos viajes pero es uin trámite sencillo que ya he descrito en este foro.

1.- Hacer un contrato de compra-venta firmado por las dos partes (varias copias). Comprar en un estanco un formulario de pagos a hacienda (el mismo que para compra-venta de un coche). Rellenar los datos fiscales (hay que mirar en BOE el precio fiscal de barco y motor).

2.- Con el formulario de compra venta ir al banco y pagar la tasa que corresponde (4% del valor fiscal del barco). Te ponen un sello.

3.- Ir al Registro de la propiedad con todos los papeles + copia de la documentación del barco. Allí se quedan con ello y quedan en llamarte a los pocos días para recoger el contrato "sellado".

4.- Con otro papelito que te dan en capitanía vas al banco a pagar la tasa por el cambio de titularidad. Te lo sellan.

5.- Vas a Capitanía y entregas todo eso. Formulario de pago a hacienda, documentación del barco, formulario de pago de la tasa, DNIs, contrato de compra-venta (creo que no me olvido de nada)

6.- Cuando está todo te llaman para recoger la documentación con el nuevo titular.

Si quieres más información, dímelo. Lo mismo si te hace falta calcular el valor fiscal o lo que sea. Ten en cuenta que cuanto menos pongas en el contrato de compra-venta, menos impuestos vas a pagar pero hay un mínimo por debajo del cual podrías tener dolores de cabeza con el fisco. La verdad es que si el barco tiene unos años, la pasta es poca y no merece la pena meterse en problemas. Ten en cuenta quer una cosa será la pasta que pagues y otra la que pongáis en el contrato porque muy a menudo el valor fiscal no tiene que ver con el valor de mercado.

Un saludo y para lo que quieras...

Juanex, estoy de acuerdo contigo en todos los pasos que describes, pero yo añadiría algunas comprobaciones previas :

1.- Anotar matrícula y nombre de la embarcación cuando se vaya a probar.

2.- Personarse en Capitanía Marítima de tu localidad,o la más próxima, y con esos datos pedir la siguiente información

3.- Si está libre de cargas, pues sabreis que los barcos se pueden embargar.

4.- Nombre del titular, pues te puedes llevar la sorpresa que quien te vende el barco no lo haya transferido y esté a nombre de otra persona a la que tengas que buscar por la cuenta que te trae, sobretodo si has sido muy rapido sacando el dinero.

5.- Comprobar la Zona de navegación para la que está despachado.

6.- Pedir Marca y potencia del motor . si resulta que tiene instalado otro posterior tendrás que asentarlo en la documentación y pagar el impuesto de transmisiones en función de los años que tiene, aportar un certificado de taller autorizado que lo instaló. Si no lo haces quedas expuesto a una buena multa.

7.- Si eres muy desconfiado, puedes pedir el numero de serie del fabricante del casco, que también te lo pueden dar.

Y no sé si se me olvida algo más

Además, si tiene más de 6 m. asegurate de que ha pasado la ITB.

Y sobre todo, MUCHA SUERTE.

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Está claro sístole que esas comprobaciones no está de más el hacerlas. Yo lo que he puesto es los trámites del papeleo, que son sencillos pero que hay que dar algunas vueltas. Desde luego que vale menos que lo que te van a cobrar en una gestoría....

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