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Wenas noches a todos.He salido como cada sabado con mi amigo miguel en el kayak un malibu xl a pescar. A la segunda captura hemos notado como una embarcación se nos acercaba y nos hemos dado cuenta de que era la guardia civil en una zodiac. No sé si por aburrimiento o porqué nos han dicho que nuestro kayak es una embarcacion de recreo o deporte y que nosotros no podiamos pescar desde él. Le hemos dicho que hay fabricantes que tienen a la venta kayak incluso que son especialmente fabricados para pescar como puede ser el Bilbao por poner un ejemplo, y nos contestan que el fabricante puede decir lo que quiera pero que no podemos pescar desde él. Nos dejaron pescar durante todo el día para no ¨estropearnos¨ el día de pesca pero que al siguiente fin de semana no nos dejarían. Solo querría saber si están en lo cierto y de no ser así decirme de donde puedo sacar alguna norma en donde no se me impida pescar desde mi kayak.

UN saludo y muchas gracias.

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que tonteria, yo creo que si se puede pescar...

Que diferencia tiene una zodiac de estas que se lleva la gente a remo a la playa a pescar por la noche a un kayak...

Por cierto benvingut!

Publicado (editado)

Ellos te lo han dicho, es una embarcación de recreo o deporte por lo tanto se puede pescar, ¿que es la pesca sino un deporte? todavía no doy crédito a lo que te han dicho, sorprendido me quedo, el próximo día en vez de preguntarnos a nosotros la norma que lo regula se lo preguntas a ellos, o mejor deja que te multen a ver a que artículo y ley lo relacionan.

Venga buena pesca :bienvenido:

PD: por cierto no les pueden caer demandas a los fabricantes de kayaks por vender kayaks de pesca donde no se puede pescar y menos sin avisar de ese pequeño escollo legal :bienvenido: publicidad engañosa creo que se llama.

Editado por pescador2000
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hola,necesitas una licencia de pesca cat 1ª,para pesca en embarcaciones de recreo,aquí en la comunidad valenciana vale 7 leuros y segun pone es válida para todas las aguas de costa e interior y tiene una vigencia de 5 años.aparte están las normas sobre embarcaciones de recreo,pero ese es otro tema.

tambien te puedes pasar por el apartado pesca desde embarcación y verás si se pesca en kayak o no,y más por tu tierra.saludos.kino.

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eso es imposible

una pregunta teneis la licencia de pesca sobre enbarcacion ???

si no la tienes no puedes pescar

si la tienes si

se saca en el los edificios PROP

DECRETO 95/2006, DE 17 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ESTABLECE LA LICENCIA DE PESCA MARÍTIMA RECREATIVA PARA EMBARCACIÓN.

El Decreto 69/1999, de 4 de junio, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear, modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril, estableció, entre otros aspectos, cuatro tipos de licencias para poder practicar la pesca marítima recreativa o deportiva en las Illes Balears.

Actualmente, considerando la experiencia de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en la gestión de la materia y las demandas del sector, parece oportuno adaptar el vigente sistema de licencias a la realidad, estableciendo una licencia de pesca marítima recreativa para embarcación. Dicha licencia hará posible una simplificación del número de trámites administrativos y será punto de partida para la creación de un censo de embarcaciones de pesca de recreo, elemento esencial para el conocimiento del esfuerzo real de este sector. Además, permitirá implicar en mayor medida a los patrones de las embarcaciones en la práctica de una pesca responsable, así como en la preservación de los recursos pesqueros.

Por otra parte, en la Mesa sobre pesca recreativa realizada en el marco del proceso de elaboración del Libro Blanco de la Pesca ya se puso de manifiesto la conveniencia de establecer esta licencia de pesca recreativa para embarcación.

De acuerdo con lo que se dispone en el artículo 1 del Reglamento CE 1626/1994, se ha cumplido el trámite de comunicación del proyecto a la Comisión Europea. Asimismo, han sido consultadas las entidades representativas del sector pesquero afectado.

Este Decreto se dicta en virtud de la competencia de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de pesca y de actividades recreativas en aguas interiores, establecida en el artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears.

Por todo ello, a propuesta de la Consejera de Agricultura y Pesca, de acuerdo con el Consejo Consultivo de las Illes Balears, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 17 de noviembre de 2006, DECRETO:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Este Decreto tiene por objeto establecer la licencia de pesca marítima recreativa para embarcación, así como regular su tramitación y establecer las cuotas máximas de captura.

Todo esto sin perjuicio de las demás licencias establecidas por el Decreto 69/1999, de 4 de junio, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear, modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril.

Artículo 2. De la licencia.

Se establece la licencia de pesca marítima recreativa para embarcación, la cual ampara el ejercicio de la pesca marítima recreativa realizada desde embarcaciones de lista séptima con un máximo de 5 personas, dentro de las aguas interiores de las Illes Balears.

Artículo 3. De la tramitación.

Las solicitudes para la obtención de la licencia de pesca marítima recreativa para embarcación se cumplimentarán mediante impreso oficial, adjuntando los documentos siguientes:

a) Fotocopia compulsada del rol/licencia de navegación actualizado, en el que consten los datos de la embarcación, el armador y el patrón.

b) Fotocopia del DNI del armador o, en el caso de extranjeros, del pasaporte o del documento gubernativo del país reconocido por la Administración Española.

c) Resguardo acreditativo del ingreso de la tasa.

Las licencias las otorga la Dirección General de Pesca de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears o, en su caso, el Consejo Insular respectivo.

Tienen validez para tres años y se deben de ajustar al modelo del anexo del presente Decreto.

El plazo máximo para resolver y notificar la solicitud de licencia de pesca marítima recreativa para la embarcación es de un mes, transcurrido el cual sin que se haya adoptado resolución expresa, se entenderá otorgada por silencio administrativo.

Artículo 4. De las cuotas máximas de captura.

La cuota máxima de captura por licencia de especies distintas de las referidas en el anexo III del Decreto 69/1999, de 4 de junio, será proporcional al número de personas pescando a bordo, computándose el equivalente a una licencia individual por persona.

No obstante, cuando el número de tripulantes sea superior a 5, la cuota máxima no puede sobrepasar los veinticinco kg. por embarcación.

Disposición adicional.

En todo caso, se deberá respetar lo establecido en el Decreto 69/1999, de 4 de junio, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear, modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril, y en el resto de normativa vigente en la materia.

Disposición final.

Este Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2007.

  • 2 meses después...
Publicado

El kayak esta considerado como un juguete, igual que una conchoneta para niños, no hay ninguna ley que lo regule, solo que no te puedes alejar de la costa mas de nose... a la altura de las boyas amarillas, igual que los bañistas.

En cuanto a la pesca en el, SEGURO que no hay nada escrito, es como pescar desde la orilla, con la licencia normal de pesca puedes.

Prohibido no esta, esos Civiles estaban haciendo las practicas y no sabian ni que decirte, sino ya te hubieran multado.

Saludos y a pescar, mientras no crees ningun peligro en la mar y no te salgas de tus limites no te pueden decir nada.

Publicado (editado)
Wenas noches a todos.He salido como cada sabado con mi amigo miguel en el kayak un malibu xl a pescar. A la segunda captura hemos notado como una embarcación se nos acercaba y nos hemos dado cuenta de que era la guardia civil en una zodiac. No sé si por aburrimiento o porqué nos han dicho que nuestro kayak es una embarcacion de recreo o deporte y que nosotros no podiamos pescar desde él. Le hemos dicho que hay fabricantes que tienen a la venta kayak incluso que son especialmente fabricados para pescar como puede ser el Bilbao por poner un ejemplo, y nos contestan que el fabricante puede decir lo que quiera pero que no podemos pescar desde él. Nos dejaron pescar durante todo el día para no ¨estropearnos¨ el día de pesca pero que al siguiente fin de semana no nos dejarían. Solo querría saber si están en lo cierto y de no ser así decirme de donde puedo sacar alguna norma en donde no se me impida pescar desde mi kayak.

UN saludo y muchas gracias.

Buenas, si no tienes licencia de pesca maritima desde embarcación de recreo te pueden denunciar.

La licencia vale en Andalucia ( Almería ) 10 euros y pico, valida por 3 años y has de llevarla en el Kayak para cuando te sea requerida, al igual que tú DNI ( copia compulsada vale ) yo lo llevo todo plastificado. Respecto a retirarte de la costa en mi Prowler 13, pone que hasta 1.8 millas. :nook:

Editado por AGC
  • 2 años despues...
Publicado

Que yo sepa con sacar la licencia de pesca desde embarcación es suficiente, igual que la que se sacan los pescadores para pescar a surfcasting desde la orilla.

Publicado

para pescar en el kayak lo que necesitas es la licencia de pesca desde embarcacion.
respecto al kayak se puede pescar desde el, siempre que tengas dicha licencia, la restriccion (almenos aqui en valencia) es que no puedes separarte mas de dos millas nauticas de la costa.
por lo demas no hay problema.
nosotros aqui tenemos un club de pesca en kayak, y acemos quedadas y concursos y demas.
para mi que los guardias civiles esos no tenian mucha idea.
nos pensamos que todos los guardias civiles se saben las normativas ya que es su trabajo, y muchas veces los hay que no tienen ni idea.

Publicado (editado)

Yo no se si se podrá pescar desde Kayak a media milla, dos millas o 40 si tienes el título de capitán de yate.
Lo que si se es donde te pueden informar mejor que nadie, busca por internet el teléfono o la dirección de la capitanía marítima de tu zona y les expones tu problema. Yo he realizado en varias de toda España y siempre me han atendido estupendamente.
Si quieres quedarte más tranquilo y que no te moleste más la guardia civil les haces la consulta por escrito y te llevas la respuesta bien plastificada en el Kayac por si acaso. En caso de que te vuelvan a parar les enseñas ese documento y si te quieren multar que te multen, ya recurrirás.

Un saludo.
P.D. no olvides de comentar aquí mismo lo que te han dicho en capitanía.

Editado por Ramon Canadas
Publicado

No es por nada, pero yo diría que en los últimos dos años y pico el amigo chrystyan ya debe haber solucionado el tema...... por no mencionar que desde el 2009 no se ha vuelto a pasar por aquí....

Publicado

Tienes razón, ha sido fallo mío reabrir el hilo, no he mirado la fecha al responder.

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