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buenos dias,queria consultar con los compañeros del foro el tema de la normativa actual para la pesca del atun rojo,

he oido varias opiniones y no lo tengo claro,mas aun cuando en la revista "pesca de altura" viene un articulo en el

que dice que esta prohibida taxativamente la pesca del atun para las embarcaciones de recreo,(revista del mes de marzo);

y los profesionales lo podran pescar de mitad de junio a mitad de octubre.

tengo la licencia para atun rojo, pez espada y demas,pero con tanta controversia siempre queda la duda de si estamos dentro

de la normativa para poder traer a puerto un bicho de estos(si tuviese la suerte de engancharlo y que pese mas de 30 kg.)

bueno esperando vuestra opinion un saludo y buena pesca :bienvenido:

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La semana pasada comentamos este mismo tema con algunos compañeros que están en la federación y a fecha de hoy dos atunes por licencia y dia (de 30 kg o 115 cm), hasta un máximo de 6 por embarcación.

Aunque también comentaron que es cuestión de dias que salga publicado de forma oficial que no podremos pescarlos hasta el dia 15 de junio.

Así que hasta que no lo publiquen 2 por dia por pescador, estando en posesión del anexo III.

Saludos.

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De acuerdo con Spinjig.

Miyam , el Anexo III habla de 20 piezas máximo dentro de los peces que especifica el susodicho (especies con regulación especial) , si solo pescas albacoras el máximo es 20 (el peso mínimo diria que está en 3kg) pero si pescas albacoras y atunes entonces si llevas 3 atunes el máximo del resto de peces es 17.

Lo mejor es leerse bien el Anexo III. :pescando2:

Hay que estar atentos a las directrices europeas. Ojo que no hay que esperar al BOE , eso ya no es así, una orden europea es igual de válida que el BOE.

Supongo que cuando hablais de la Federación os referis a la Federación Mediterranea para una Pesca Responsable, la otra parece que ni exista.

Un saludo,

AVI PESQUETA

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he intentado encontrar el archivo donde lo lei pero entre tanta cosa que tengo no lo veo .

creo recordar haber leido que en relacion al atun rojo establecia si no me equivoco que en atunes rojos con la talla minima de 115 cm y con peso maximo de 30 kilos

el cupo era de 4 piezas por licencia y el maximo por barco de 12 piezas , esto es muy factible cuando no estan muy

barriletes , cuando un atun de 115 cm pesa 24 o 25 kilos .

atunes entre 30 y 85 kilos 2 por licencia y un maximo de 6 .

atunes de mas de 85 kilos uno por embarcacion .

lo que no se exactamente es a que año corresponde esa normativa , pero sera de despues de establecer la talla minima en 115 cm .

lo de la suma de piezas con otras especies del anexo III para completar un maximo de 20 en total si que creo que era asi .

vere a ver si encuentro donde lo lei . esto es un caos , consultas la pagina de un ministerio y resulta que no la han actualizado desde el 98 , solo esta al dia hacienda y la seguridad social que son para recaudar .

un saludo.

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Creo que aunque pese 25 kilos, cuenta como de 30 pues debe cumplir con uno de los dos requisitos los 30 kg o con los 115 cm, por ello que sean dos por licencia hasta un cupo maximo de 6 piezas.

De peso superior a los 85, lo desconozco por completo. Ojala llegue pronto el dia que tenga que averiguarlo. :)

Un abrazo.

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espero que pronto podamos ver en el foro fotos de atunes de esos pesos ya que hay mucho interes en algunos patrones

por intentar capturas de gigantes al brumeo .

ultimamente por nuestra zona no se ven pero hace no demasiados años eran captura habitual de algunos compañeros especialistas en el brumeo , que lastima el no disponer entonces de camaras digitales y que de muchisimas de esas capturas no tengamos fotografias .

un saludo.

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:) a mi me ha pasado lo mismo, no encuentro nada fiable o reciente en internet. A ver si alguno de los que se ha sacado el Anexo III recientemente tiene más datos.

Creo que donde decís 85 son 80 kg y efectivamente creo que es uno o dos máximo.

El año pasado fué muy bueno en gigantes. Solo hace falta acercarse donde estan y en nuestras aguas es ampliamente conocido, de hecho tengo noticias de que no se han movido de ahí. Este año va a ser mejor jejejeje

(este post parece que esté hecho solo para 3 :D )

Un saludo,

AVI PESQUETA

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espero que pronto podamos ver en el foro fotos de atunes de esos pesos ya que hay mucho interes en algunos patrones

por intentar capturas de gigantes al brumeo .

ultimamente por nuestra zona no se ven pero hace no demasiados años eran captura habitual de algunos compañeros especialistas en el brumeo , que lastima el no disponer entonces de camaras digitales y que de muchisimas de esas capturas no tengamos fotografias .

un saludo.

aqui tienes una pescada al brumeo, en el seco de los olivos, un saludo

atun.jpg

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  • Miembros

Esto es lo que tengo del ANEXO III

Artículo 4. Topes máximos de captura.

1. El tope máximo de captura por licencia y día en la pesca marítima de recreo de especies distintas de las referidas en el anexo III de esta Orden, será de 5 kilogramos, pudiendo no computarse el peso de una de las piezas capturadas.

2. Para la pesca colectiva desde embarcación, cuando el número de licencias a bordo sea superior a cinco, no podrá superarse el máximo de 25 kilogramos por día.

3. Los topes máximos de captura en la pesca marítima de recreo de especies del anexo III será de:

Cinco piezas por licencia y día, con un máximo de 20 piezas por embarcación y día, para el conjunto atún blanco, patudo y merluza.

Una pieza por licencia y día, con un máximo de cuatro piezas por embarcación y día, para el resto de las especies.

En el caso de la pesca de atún rojo en el Mediterráneo los límites de captura se establecen en:

Una pieza por licencia y día hasta un máximo de tres por barco para ejemplares superiores a 80 kilogramos de peso medio.

Dos piezas por licencia y día hasta un máximo de seis por barco para ejemplares de peso medio entre 30 y 80 kilogramos.

Cuatro piezas por licencia y día hasta un máximo de 12 por barco para ejemplares de peso medio entre la talla mínima autorizada y los 30 kilogramos.

4. Las embarcaciones de pesca recreativa no pueden tener a bordo capturas superiores a los límites máximos autorizados, para cada día, en los apartados anteriores, quedando expresamente prohibido cualquier transbordo de las mismas.

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Gracias mon2pla.

Pero cuando habla de talla mínima, ¿se refiere a los 115 cm? De que año es esa información? El ningún momento pone o, entiendo que puedes sumar de todas ellas.

O sea que en un dia en una barca con cuatro licencias se pueden capturar

- 3 atunes de mas de 80 kg

- 6 de entre 30 y 80 kg

- 12 de mas de 115 cm pero menos de 30 kg

- 20 de atun blanco, patudo y merluza

- 4 emperadores o agujas imperiales de mas de 120 cm

Joder jajaja

Me parece excesivo.

Si me queda un rato igual voy a buscar 25 kilos de dentones y serviolas para completar el cupo. jajja

Menudo pesquerón

Saludos.

Editado por SPINJIG
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