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Normas y recomendaciones para el uso de motos acuáticas

La Guardia Civil ha establecido diversas recomendaciones con la llegada del verano y ante la proliferación de actividades en el mar, sobre todo respecto a la utilización de motos acuáticas y otras embarcaciones de recreo, según el instituto armado. Para la utilización de las motos náuticas en cualquiera de sus modalidades, es necesario haber cumplido los 18 años de edad, alerta la Guardia Civil, quien añade que deberán navegar por las zonas balizadas y nunca en la zona de baño. En cualquier caso, si no existe zona balizada no se podrá conducir en una franja de 200 metros desde la costa hacia mar adentro. Los mayores de 16 años y menores de 18 podrán manejar estas embarcaciones siempre que dispongan del consentimiento de sus padres o tutores, y, para su conducción en la modalidad de uso particular, el usuario deberá estar en posesión de alguno de los tí­tulos de Patrón para Navegación Básica, de Recreo o Yate, o bien Capitán de Yate. Podrán manejarlas aquellas personas que posean los tí­tulos náutico-deportivos que lo habilitan especí­ficamente, que son: Patrón de Moto Náutica "A" (para motos con potencia igual o superior a los 110 CV), Patrón de Moto Náutica "B" (para motos con potencia superior a 55 CV e inferior a 110 CV) o autorización federativa de Patrón de Moto Náutica "C" (para motos con potencia inferior a 55 CV). No será precisa titulación cuando las motos sean utilizadas en la modalidad de alquiler por horas o fracción, en cuyo caso no superarán los 54,4 CV de potencia, y circularán exclusivamente por la parte interior de unos circuitos delimitados por balizas, navegando en el mismo sentido y con una distancia mí­nima de 50 metros entre cada una de las motos. En cambio, no podrán ser utilizadas para el remolque o arrastre de otros objetos flotantes y en ningún caso se sobrepasará el número máximo de personas indicado por el fabricante en las instrucciones de uso. Las motos deberán llevar adherida a su carrocerí­a y en lugar visible una placa adecuadamente plastificada en la que figuren las normas básicas de funcionamiento. Tendrán que estar matriculadas, registradas e identificadas, y contarán con un seguro de responsabilidad civil.

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OK Peixet,,, pero,, quien coño vigila esto???.

Todos estamos artos de ver como desprensivos a bordo de estos "pepinos", pasan a menos de 50 metros de la costa,, o por encima de mi boya cuando estoy practicando la pescasub o detras de nuestra embarcacion cuando hacemos el curri, no es la primera ni segunda vez que me pasa...

Que conste, que no quiero generalizar,, porque burros los hay hasta conduciendo aviones, pero lo de las motos,,,, es para "mear y no hechar ni gota".

Saludos

Amfi

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Cierto. Luego no hay quien controle a esta gente. No quiere decir que todos los que tengan moto de agua sean unos desaprensivos, pero hay una serie de individuos que se creen los amos del mar con sus motos. Toda esa legislacion me parece buena, incluso me atreveria a decir escasa, pero hay que extremar la vigilancia. Todavia se dan demasiados accidentes y se siguen arrimando peligrosamente a la costa.

Un saludo!!

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Totalmente de acuerdo con lo que decis,muchas veces me pongo a temblar de que no de con la lí­nea del carrete porque pasan bastante pegados y como bien decis se creen los amos del mar,la verdad es que tiene que estar guay llevar una moto pero con moderación y lejos.

Saludos!!!

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