juanex00 Publicado Agosto 6 , 2008 Compartir Publicado Agosto 6 , 2008 Mi recién recogido certificado de navegabilidad dice que debo llevar en el barco esos equipamientos. Me entran algunas dudas: La famosa campana, ¿de verdad hay que llevarla y si es así, Cómo es la que lleváis? Libros y cartas: Tienen que ser forzosamente en formato papel? ¿No vale la cartografía electrónica? Saludos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
pirata-1 Publicado Agosto 6 , 2008 Compartir Publicado Agosto 6 , 2008 campana estas obligado a llevar? no me suena por lo de los libros y cartas, en principio los tienes que llevar en papel y no valen electrónicos, pero yo con mis anteriores barcos y con barcos de amigos que nos han parado la GC nunca nos han pedido estos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Agosto 6 , 2008 Autor Compartir Publicado Agosto 6 , 2008 (editado) Eso dice mi certificado de navegabilidad. Si no te suena la campana es que no la llevas claro (jejeje, qué chiste más malo). Voy a repasar mis apuntes el PER a ver qué dice porque me suena (otra vez) que solo es a partir de una eslora. Lo encontré: En embarcaciones de eslora igual o superior a 15 metros, el peso de la campana será de 5 kilogramos como mínimo. En esloras inferiores a 15 metros, la campana no es obligatoria pero se deberá disponer de medios para producir algún sonido de manera eficaz. Cartas y libros náuticos. i. Llevarán las cartas que cubran los mares por los que navegue según las respectivas Categorías y los portulanos de los puertos que utilicen. ii. Son obligatorios el Cuaderno de Faros y un Derrotero de la zona en que naveguen, el Anuario de Mareas (excepto en el Mediterráneo), el Manual de Primeros Auxilios, el Reglamento de Radiocomunicaciones si montan radio y el Código Internacional de Señales, para las navegaciones en la Zona 1. Valdrá una cazuela y un cucharón? Editado Agosto 6 , 2008 por juanex00 Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
pirata-1 Publicado Agosto 6 , 2008 Compartir Publicado Agosto 6 , 2008 para hacer ruido tienes el balde metalico Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
Hegaluze Publicado Agosto 7 , 2008 Compartir Publicado Agosto 7 , 2008 la campana solo es obligatoria en barcos de más de 15 metros de eslora, en tu caso con un pito (tienes? ) que hago ruído vale. y la carta de papel de tu zona es obligatoria. la electrónica es una ayuda pero nunca un sustituto de la de papel. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
MARINERO Publicado Agosto 8 , 2008 Compartir Publicado Agosto 8 , 2008 las cartas son obligatorias en papel y la de la zona en la que navegues.no obstante en cuanto a lo de la campana aunq no sea obligatorio para barcos de menos eslora de 15 metros es aconsejable llevarla(yo llevo colgada una pequeña) porque si no recuerdo mal es obligatorio llevar bocina u objeto te sirva para hacer ruido en caso de niebla y como tan las cosas es peferible llevarla por si acaso te paran y te piden las cosas y ta rota la bocina o se quedo sin gas la manual (suele pasar que cuando las necesitas siempre fallan.jejejej)pues la campana nunca se rompe y te puede librar de una sancion economica. saludos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
KaiMan Publicado Agosto 10 , 2008 Compartir Publicado Agosto 10 , 2008 Pues sí, Juanex, la campana es obligatoria. Y como bien te dicen, las cartas y libros en formato papel. Un saludo. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Agosto 10 , 2008 Autor Compartir Publicado Agosto 10 , 2008 No Kaiman, sólo es obligatoria en esloras > 15m. Enesloras inferiores tienes que tener algún sistema para hacer señales acústicas. Ejmplo: un silbato. En cualquier caso habrá que comprarlo. Por cierto, hoy hemos salido a dar una vueltecilla con el "Celeste" y la verdad es que se ha comportado como un fenómeno. El piloto S1000 es un poco ruidosillo para cuando vas a ritmo de caceo (3-4 nudos) porque con la corriente y el viento, contínuamente está corrigiendo el rumbo. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
KaiMan Publicado Agosto 10 , 2008 Compartir Publicado Agosto 10 , 2008 No Kaiman, sólo es obligatoria en esloras > 15m. Enesloras inferiores tienes que tener algún sistema para hacer señales acústicas. Ejmplo: un silbato. En cualquier caso habrá que comprarlo.Por cierto, hoy hemos salido a dar una vueltecilla con el "Celeste" y la verdad es que se ha comportado como un fenómeno. El piloto S1000 es un poco ruidosillo para cuando vas a ritmo de caceo (3-4 nudos) porque con la corriente y el viento, contínuamente está corrigiendo el rumbo. Entonces, tal vez habría que decirle a quién ha expedido tu certificado de navegabilidad, que extienda uno correcto y que aparezcan los elementos de seguridad que de verdad son obligatorios para tu embarcación y caso de que existan otros elementos opcionales a los que se detallan, pues que se haga constar. Un saludo. PD. El certificado de navegabilidad es expedido de forma individualizada para una determinada embarcación y aparecen los datos fundamentales de la misma y lo que deben llevar, sé de un compañero/vecino mio, que fue denunciado por no tener la campana, te cuento esto, porque fue lo que le dijo el agente de la guardia civil que lo denunció. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
KaiMan Publicado Agosto 10 , 2008 Compartir Publicado Agosto 10 , 2008 Lo que quiero decirte, es que si el GC de turno se cierra en banda, lleva todas las de ganar. Es algo parecido lo que pasa con el remo obligatorio, en el certificado te dice que debes llevar un remo, luego buscas por ahí y te enteras que además debe ser practicable, o sea, que sirva para mover o al menos servir de timón. Luego, lleva el GC y te pregunta, bueno, tienes remo ¿pero dónde está el tolete o dónde lo haces fijo a la embarcación para darle un uso correcto?, en fin, creo que es mejor y más barato llevarlo y quitarte de historias ya que en Capitanía Marítima nunca te cambiarán el certificado. Un saludo. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Agosto 10 , 2008 Autor Compartir Publicado Agosto 10 , 2008 Lo he puesto antes por el foro y es lo que pone el BOE: En embarcaciones de eslora igual o superior a 15 metros, el peso de la campana será de 5 kilogramos como mínimo. En esloras inferiores a 15 metros, la campana no es obligatoria pero se deberá disponer de medios para producir algún sonido de manera eficaz. Por supuesto que si viene la Heineken y tiene ganas de lío te va a doler la cabeza. En cualquier caso, lo que pone el certificado no es tampoco a rajatabla sino que tiene ciertas "holguras". Por ejemplo dice que tengo que llevar 6 chalecos cuando realmente sólo tengo que llevar un chaleco por cada una de las personas que vayan en ese momento. Tienen que ser de 150N pero si no estoy navegando en zona 4 sino que estoy más cerca de tierra sirven los de 100N. En fin, como digo hay ciertas "holguras". Un saludo Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
pirata-1 Publicado Agosto 10 , 2008 Compartir Publicado Agosto 10 , 2008 tranquilo juanex que desde el primer momento se ha explicado correctamente, pero siempre hay gente que no acaba de leer bien y si un GC te multa por algo asi, es que te tienes que haber puesto muy chulito con ellos, y ya se sabe que pa chulos siempre son ellos los que ganan Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
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