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trampas a la hora de comprar un amarre nuevo


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Hola, estoy apunto de adquirir un amarre nuevo en el puerto de BADALONA. aun lo estan construyendo,

mi pregunta es la SIGíœIENETE...., es obligado ser socio del puerto? en principio en la oficina que nos informamos no nos dijeron nada al respecto, pero alguien que dice en entender del tema me ha dicho que sí­! Dice que el amarre te lo venden pero que para poder amarrar el barco exigen ser socio.jejeje debe ser cachondeo :D , O NO? :048:

ALE AHI QUEDA ESO.

SALUDOS :D

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POLLOGOMA,

Para la posesión de un derecho de amarre no hace falta ser socio: Un particular o una sociedad pueden en determinados casos adquirir los derechos de uno o varios amarres.

Ahora bien, supongo que en tu caso el amarre lo quieres para usarlo, en cuyo caso pretenderí­as practicar una actividad deportiva y social en el seno de un club, pero sin pagar lo que pagan los socios.

En la práctica serí­a muy difí­cil diferenciar en un puerto deportivo los servicios a socios con amarre y a no socios con amarre, con lo que se crearí­a un agravio comparativo con los socios (es decir que los no socios irí­ais de "listos").

Además la costa es de propiedad pública, constituyendo los puertos deportivos unas concesiones temporales por motivos de práctica y promoción del deporte (interés público de nuevo).

El concepto "comprar un amarre, que es mí­o y paso de clubes" es incorrecto, hay que tener en cuenta que la licencia suele concederse unicamente al deportista (El Club) no al constructor-especulador.

En la práctica los clubes suelen dar facilidades en la inscripción a los que adquieren un amarre y dificultar por el contrario el uso "por libre" de las instalaciones.

Concluyendo: ¡HAZTE SOCIO, TÍO! :048: .

Saludos cordiales,

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Pollogoma: Es posible. Ten en cuenta que no compras fí­sicamente el amarre como el que compra una plaza de parquing sino que compras la concesión del puerto para utilizar uno de sus puntos de amarre. Es posible que exijan ser socio del club náutico correspondiente. :048:

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Lo primero q as de tener en cuenta q tu NO eres propietario de un amarre , sino q tu compras una cesion , unos derechos . Por otro lado , estos derechos tienen un tiempo limitado , o sea q trascurrido el periodo de concesion , el amarre vuelve a la propiedad de Costas . Tambien debes de tener en cuenta q existen muchisimas concesiones q se dieron por 50 , 60 años en fin los q sean , PERO y esto es lo mas importante , es q se diesen por el tiempo q se diesen TODOS , los amarres en el año 2017 , o sea dentro de 13 años terminan la concesion , te repito q sea cual sea el tiempo q quede , claro esta siempre q este sea superior a los 13 años (2017) la importancia de esto es q dependiendo del precio q pagues por el es cuestion de hacer numeros , vamos de dividir lo q te cueste por 13 años de disfrute . Este es un punto del cual se evita hablar , porque a nadie le interesa . Lo de socio o no socio , depende q sea de obras de puerto , sea una marina o sea un club nautico , en este ultimo caso , si tu puedes ser poseedor de un amarre , pero NO tienes derecho a tener tu barquito en el mismo , mi recomendacion es q lo mires mas q bien y en caso de ser club nautico pidas los estatutos del mismo ya q esto conlleva un costo añadido , por un lado el hacerte socio , no te asusten pero aqui en Mallorca , como hay escases de los mismos puede costarte hasta 5 millones mas de pts. ademas de la correspondiente cuota mensual , en la peninsula es diferente , pero miralo bien , ademas deben de ser aprobada la nueva incorporacion de un nuevo socio por la junta directiva . No se te he aclarado algo o te he liado mas , en mi animo esta el q no te encuentres con sorpresas , no seria el primero , si puedo ayudarte en algo mas , ya sabes aqui me tienes .

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Hola a todos,

Creo que suli, lo ha explicado de forma bastante clara, pero quizas los conceptos generales, hacen un poco dificil la comprensión.

En principio, hay una normativa especial del Estado en su conjunto, o sea, para toda España. Sin entrar en las aguas territoriales, que darí­a para otro post, la Ley de Costas, es bastante farragosa, pero se parte de una idea clara, el DOMINIO PUBLICO, entendamonos, la propiedad de los puertos nunca es de un particular, ni tan siquiera de una sociedad o asociacion de propietarios, es una titularidad publica.

Por lo tanto un particular (cada vez menos), o una sociedad publica (ente autonomico) o privada (club nautico), obtiene mediante un concurso de meritos (para simplificar) sobre un determinado espacio de la costa, la concesion administrativa por tiempo determinado, 20,30, 40 años etc.

Consecuentemente, lo que se compra, es el derecho de uso por un tiempo predeterminado, hay que pagar las tasas y precio correspondientes, y por el tiempo que quede de concesion.

Lo normal es que haya dos tipos de amares, los que son de titularidad publica Generalidat ejemplo, en alquiler. Los que son pertenecientes a una concesion privada, pueden ser en alquiler, o por compra del periodo que dure la concesion.

Por lo general, al menos en mi zona, si es el titular de la concesion un Club Nautico, es obligatorio hacerse socio (la moda actualmente 6.000€ minimo), para poder adquirir la titularidad del amarre que a su vez se paga, mas las cuotas correspondientes por los servicios, agua, luz, vigilancia, etc, y se puede revender, siguiendo las normas de la primitiva concesionaria, existe incluso derecho de retracto.

Bueno, creo que lo estoy liando mas, en otro momento continuare.

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Alguien es tan amable de explicarme eso de que en todo caso quedan trece años. No entiendo por que no se van a respetar los vencimientos de cada puerto dependiendo de los años que restan para concesión. Es muy importante para mi porque estoy interesado en comprar un atraque y esta circunstancia cambia mucho las cosas.

Gracias y un saludo para todos.

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SI, POR DIOSSSSSSSS, explicar bien eso de que todas las concesiones son Hasta el 2013, por que yo lo voy a comprar nuevo(el puerto aun no está construido) voy a pagar 4,6 millones y en teoria es una concesion de 27 años.

de todas formas soy consciente de que lo que he hecho es pagar un alquiler de 27 años y no una compra, que he de pagar un mantenimiento y unos sueldos de unos marineros que alli trabajan y ademas los servicios y gastos de agua luz y lo que se haga falta.. pero sigo sin entender es lo de dar un dinero para ser socio de un club, ¿que servicios me ofrece ese club?

¿DONDE VA ESE DINERO DEL CLUB?

¿¿TENDRE AUNQUE SEA BARRA LIBRE SI TIENE UN BAR??

RUEGO DISCULPEN MI IGNORANCIA.

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Pollogoma,

Ser socio de un club implica pasar a ser copropietario de unos bienes (Edificio social, restaurante, vestuarios, taller de botes...en algunos casos piscinas o pistas de tenis etc) en cuyo caso la acción tiene un valor alto, pero que en muchos casos se puede considerar una inversión porque es recuperable al causar baja.

El dinero que pagas revierte en la sociedad a que pasas a formar parte y no se lo mete nadie en el bolsillo.

En cuanto a la duración de la concesión, en la práctica no debe preocuparnos porque son prorrogables: Lo normal es que cuando termina el plazo concedido, se prorrogue por los mismos motivos de utilidad pública que se concedió en su dí­a, ahora consolidados. A menos que el Estado necesite ese espacio para un proyecto diferente de mayor interés (por ejemplo la ampliación del Puerto Comercial adyacente), no es lógico que se destruya o inhabilite un puerto deportivo, solo porque ha terminado el plazo de concesión. Incluso en el caso que el Gobierno decidiera entonces gestionar el puerto de forma pública, nosotros conservarí­amos nuestro mismo amarre en alquiler, con prioridad a los interesados que vinieran detrás.

No hay truco: Desconozco las caracterí­sticas del asunto en Badalona, pero si quieres tener una embarcación atracada indefinidamente para practicar tu deporte y te lo puedes permitir, merece la pena "comprar" un amarre nuevo y entrar a formar parte del Club. Cuando veas lo que se ha revaluado tu amarre y tu acción después de unos años disfrutando, me darás la razón.

Saludos cordiales,

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