lykos Publicado Mayo 24 , 2008 Compartir Publicado Mayo 24 , 2008 Hola compañeros Queria saber si sabeis que se paga de iva por una embarcacion del 2005. 8 metros de eslora Muchas gracias Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
linan Publicado Mayo 24 , 2008 Compartir Publicado Mayo 24 , 2008 yo juraria que en una embarcaicon de segunda mano no hay I.V.A............... a ver si te lo quieren colar Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Mayo 24 , 2008 Compartir Publicado Mayo 24 , 2008 No hay IVA pero hay impuesto de transmisiones patrimoniales que en el caso de los barcos es el 4% del valor. El ministerio de Economía publica unas tablas en el BOE en el que viene el valor "fiscal" de los barcos y la "devaluación" anual. Debes pagar entonces el 4% del valor que pongáis en el contrato pero si no quieres líos, el precio no debería ser mucho menor del precio "oficial". No he visto que hagan "revisiones" pero nunca se sabe Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
pirata-1 Publicado Mayo 24 , 2008 Compartir Publicado Mayo 24 , 2008 No hay IVA pero hay impuesto de transmisiones patrimoniales que en el caso de los barcos es el 4% del valor. El ministerio de Economía publica unas tablas en el BOE en el que viene el valor "fiscal" de los barcos y la "devaluación" anual.Debes pagar entonces el 4% del valor que pongáis en el contrato pero si no quieres líos, el precio no debería ser mucho menor del precio "oficial". No he visto que hagan "revisiones" pero nunca se sabe te lo han respondido con mucha claridad juanex, por cierto, yo si que he visto alguna que otra revision de hacienda Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
Miembros ziruco Publicado Mayo 24 , 2008 Miembros Compartir Publicado Mayo 24 , 2008 Cuando se pone el valor fiscal que sale en las tablas de Hacienda, no hay revisión posible, ya que la misma norma lleva implícito que al aceptar el valor de las listas, yaqueda como definitivo sin posibilidad de revisión. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
lykos Publicado Mayo 25 , 2008 Autor Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 Gracias por responder pero .. No encuentro las dichosas tablas Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
josema29 Publicado Mayo 25 , 2008 Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 yo creo que antes se pagaba como dicen aqui el 4% del valor que tu ponias que te habian vendido la embarcacion, ahora creo que ellos te ponen el valor segun una lista que tienen,pero creo que esa lista la tienen solo ellos.esto lo han hecho para quitar las revisiones que pueden haber,saludos. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
picaro Publicado Mayo 25 , 2008 Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 Algo menos se puede poner, ya que yo he visto vender barcos y han puesto un valor bastante inferior al de la venta y no paso nada, pero si eso se lleva tan extricto como comentais, habra que tener cuidado saludos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Mayo 25 , 2008 Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 Gracias por responder pero ..No encuentro las dichosas tablas yo creo que antes se pagaba como dicen aqui el 4% del valor que tu ponias que te habian vendido la embarcacion, ahora creo que ellos te ponen el valor segun una lista que tienen,pero creo que esa lista la tienen solo ellos.esto lo han hecho para quitar las revisiones que pueden haber,saludos. Esas tablas se publican en el BOE. Concretamente en el del 21 de Diciembre de 2007 -> Disposiciones Generales -> Ministerio de Economía y Hacienda. Salen precios "fiscales" de barcos y coches Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
NACHO Publicado Mayo 25 , 2008 Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 esas tablas te fijan el valor del caso y luego el valor de la motorizacion en funcion de los años, es facil, sse calcula sumandolos y se presenta en conselleria de hacienda para pagar el 4%. A veces parace poco el valor, pero es el valor oficial y si pones lo que te establecen pagas poco y ademas no hay revisiones posibles al ser el valor oficial. saludos nacho. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Mayo 25 , 2008 Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 Exactamente. Viene el valor del casco por un lado y el valor del motor (a calcular según caballaje, FB o diésel), viene tb. el decremento a aplicar según los años que tengan (un porcentaje). Ese debe ser el valor (como mínimo) que debe figurar en el contrato y en el papel de pago del impuesto de transmisiones (debe ser el mismo). Otra cosa es que bajo cuerda se pague otra cantidad (normalmente mayor) pero en los papeles, para no tener problemas, debes poner esa cantidad mínima y pagar al estado el 4% de ese valor. Si tienes alguna duda, díme qué barco, años y qué motor (y años) y te digo lo que tiene que salir en el contrato y lo que debes pagar. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
lykos Publicado Mayo 25 , 2008 Autor Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 Si gracias Juanex00 ya que no encuentro las dichosas tablas Barco : Astinor 840 Motor : 240 diesel Año : 2005 Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
PRUNA Publicado Mayo 25 , 2008 Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 Hola a todos: Aqui os paso el enlace para que podais mirar el precio de vuestra embarcacion http://www.boe.es/boe/dias/2007/12/21/pdfs/A52687-52845.pdf Un saludo Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Mayo 25 , 2008 Compartir Publicado Mayo 25 , 2008 Si consultas la tabla verás que: Valor del casco Astinor 840: 39200€ Valor del motor 240 cv diesel: 72,12€ los primeros 50 CV, luego 42,07 por cada caballo adicional (en vuestro caso 190), total, 72,12 + (190*42,07) = 7993€. Como tu barco es de 2005 tiene más de 3 años (entre 3 y 4) y por lo tanto se le debe aplicar a cada uno un porcentaje de valoración del 61%. Por este motivo: Casco: 39200€ * 0,68 = 23912€ Motor: 7993€ * 0,68 = 4920€ Quiere ésto decir que el valor "oficial" que tiene tu barco es de 28832€. En el contrato de compra venta no deberías poner menos. Debes pagar el 4% de ese valor como máximo. Ésto es: 1153€ fácil ¿no? Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
lykos Publicado Mayo 26 , 2008 Autor Compartir Publicado Mayo 26 , 2008 Gracias Juanex00 ha quedado muy claro , pondre esa cantidad en el contrato Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Mayo 26 , 2008 Compartir Publicado Mayo 26 , 2008 Bueno, entonces quien tiene que pagar la cantidad (normalmente y salvo que lelguéis a otro tipo de acuerdo) es el comprador. Si vas a vender el barco en más dinero que esos 28000 y pico de euros porque te parece que vale más, tienes dos opciones, la más "legal" y la menos "legal": 1: La más legal: Poner en el contrato de compra-venta la cantidad real en que se vende (superior). Eso te exime de cualquier tipo de problema fiscal posterior ya que vas a pagar al Estado más dinero del que se espera recibir por ese barco. No se van a quejar nunca. El problema por así decirlo es que vais a pagar más dinero al estado y la operación se encarece algo. 2: Otra menos legal: Acordar verbalmente una cantidad adicional que no va a figurar en el contrato, la diferencia entre los 28832€ y lo que reealmente quieres que te paguen por tu barco. Poner en el contrato de compra-venta (vas a tener que dar una copia en Hacienda o en el Registro de la Propiedad al formalizar la transferencia) los 28832€, pagar los 1153€, que es lo que espera el Estado que le pagues y ya está. Es un poco lo que se hacía (o hace) al comprar un piso cuando te dicen por un lado lo que tienes que pagar y por otro el precio en que lo vas a escriturar. El Estado no va a investigar esta operación porque le has dado "su parte". No es del todo correcto pero el comprador se ahorra una pasta. Tu barco debe valer (según cosasdebarcos.com) unos 60.000€ o más o sea que de esta manera los impuestos a pagar son más o menos la mitad. P.D.: Si vas a vender ese barco en 28.000€ yo te doy 30.000 (jeje) Un saludo Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
Matador Publicado Mayo 29 , 2008 Compartir Publicado Mayo 29 , 2008 Buenas veo que los compañeros te informaron perfectamente .... pero un vehiculo o barco usado si puede llevar IVA ( entonces no pagaria el 4 %, solo el 16% que ademas te lo puedes desgrabar ... ) bueno solo era para deciros que si os podeis encontrar iva en un barco usado, pero que es lo menos habitual, si lo vende una empresa y estaba a su nombre os tienen que hacer una factura de venta, con esa factura la presentas en hacienda y no pagas el 4%... saludos. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
gargamel Publicado Agosto 5 , 2008 Compartir Publicado Agosto 5 , 2008 hola a todos recupero este post porque tengo un problemilla he pasado por hacienda para pagar los impuestos de la compra de un barco usado y me han dicho que del 4% nada, el 11% del valor fiscal del barco me he ido con ganas de decirle a la tia que tome un poco de fibra por la mañana a ver si mejora su humor.... Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Agosto 5 , 2008 Compartir Publicado Agosto 5 , 2008 No se entera de la fiesta me parece a mí. En el impreso que tienes para rellenar los datos de la compra venta salen claramente los números de marras y la cantidad a pagar sale de sacar el 4% del valor fiscal. Es exactamente igual que un coche. No sé por qué te dice eso. Lo único que se me puede ocurrir es que tengas que pagar impuesto de lujo (?) o algo similar Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
pirata-1 Publicado Agosto 5 , 2008 Compartir Publicado Agosto 5 , 2008 cuantos metros tiene el barco?, a parte en canarias tienen un régimen fiscal algo distinto al de la peninsula Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
gargamel Publicado Agosto 5 , 2008 Compartir Publicado Agosto 5 , 2008 cuantos metros tiene el barco?, a parte en canarias tienen un régimen fiscal algo distinto al de la peninsula 6 metros incluso en capitania me dijeron que era el 4% me han citado para el viernes ya se lo diré Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
juanex00 Publicado Agosto 5 , 2008 Compartir Publicado Agosto 5 , 2008 No saben ni de lo que hablan. Te ha pillado la sustituta de verano de la delegación de Hacienda. Barco usado, 6 metros = 4% en concepto de impuesto de transmisiones patrimoniales. Pasa de todo. Compra un impreso en un estanco. Dí en el estanco que necesitas un impreso de los de pago de impuesto de transmisiones de compra venta de coches. Hoja de autoliquidación, modelo 620. Rellénalo de acuerdo con las instrucciones que tiene. Verás cómo dice que al final, que tienes que aplicar el tipo del 4% sobre la base liquidable (valor fiscal del barco). De hecho podrías ir con esa hoja al banco, pagar la cantidad que te salga y sellar la hojita. Luego ir a Hacienda con la hojita sellada, copia del contrato, DNIs de comprador y vendedor y copia de la documentación del barco. Es un error más de la administración Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
gargamel Publicado Agosto 5 , 2008 Compartir Publicado Agosto 5 , 2008 mi parienta dice que suelen hacer cosas de estas para que vayas a una gestoria para hacer el tramite ya que estos son amiguetes e incluso socios como siempre perjudicado el contribuyente Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
lykos Publicado Agosto 5 , 2008 Autor Compartir Publicado Agosto 5 , 2008 Yo puse la cantidad que me dijo Juanex00 en la compra del barco y la cuadró. es el 4 % Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios More sharing options...
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