Hola a todos:
He estado consultando el tema de hasta dónde, según la normativa vigente, podemos alejarnos con un kayak. Según la orden FOM/1144/2003 de 28 de abril, con las modificaciones de la orden FOM/1076/2006 de 29 de marzo, las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 10 KW y de hasta 4 metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa sólo podrán navegar durante el día (desde una hora antes del orto del sol hasta una hora después del ocaso), en las zonas delimitadas por la Capitanía Marítima. En principio esto coincide con la zona 6 (hasta las 2 millas). Pero realmente no indica de forma clara si, con el equipo de seguridad adecuado, podemos alejarnos algo más y de esta forma navegar en la zona 5 (hasta las 5 millas). En cualquier caso se puede consultar todo esto en la Web del Ministerio de Fomento, sin dejar de consultar, en materia de seguridad y salvamento marítimo, las webs de salvamentomaritimo.es o la de sasemar.es.
En cualquier caso también nos podemos poner en contacto con la capitanía marítima de la zona en la que pescamos y preguntarles directamente.
Hay una serie de recomendaciones en cuanto a materia de seguridad que se puede leer en la Guía práctica para la náutica de recreo que está en la web de salvamentomaritimo.es
En cuanto a las licencias de pesca tampoco está muy claro, en cualquier caso y teniendo en cuenta el bajo coste de la misma, en mi caso tengo la de pesca desde embarcación y la de pesca desde la orilla. De esta forma estoy seguro de estar cubierto.
El tema de tener o no un seguro es interesante, pero en el caso de un kayak no es necesario legalmente. Ahora bien, creo que tener un seguro económico que cubra daños a terceros por lo que pueda pasar es una buena idea, pero no deja de ser una opción personal. Lo que habría que tener en cuenta es que si estamos federados en remo tenemos el seguro que nos proporciona la federación. Y si lo estamos en la modalidad de pesca que vamos a practicar, la federación de pesca también tiene un seguro.
Y por último, la tendencia normativa en España para la navegación en Kayak culminará en la que actualmente existe en Francia y que, como indicaba al principio, podremos navegar/pescar en la zona 6 o en la zona 5 en función del equipo de seguridad con el que estemos equipados.
Saludos y buena pesca.