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pepefran

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  1. pepefran

    JIGGING ESTREMO

    Hola a todos, Con el tí­tulo de este post, Caranx, o sease, el inclito Nicola Zingarelli, que muchos conoceis, con profusión de fotos, publica un muy entretenido y documentado articulo sobre nuestra técnica, que como recordatorio o bién introducción, vale la pena estudiar.. Desde un breve recorrido histórico hasta la actual técnica japonesa, se desgranan todos los aspectos de interés, modalidades, especies, material, etc. Recomiendo su lectura.
  2. pepefran

    Como ponemos el freno ?

    Hola a todos, Pues por poner algo, he cliqueado medianamente, y parece que la mayoria se decanta por esa opción. Bueno, la mí­a serí­a el freno, siempre <a ojo de buen cubero>, la practica es la que nos dice, en atención al conjunto del equipo, lugar y especies previsibles, la opción, que puede ser cualquiera de las propuestas, lo de siempre, depende, todo depende. Dos ejemplos, 1.-el freno a tope, se desgarra la boca, y lo contrario 2.-el freno flojo no clava o se encueva y no hay quien lo saque. Por lo tanto todos las variantes valen, hay que atender a las circunstancias, depende todo depende.
  3. Hola a todos, Pues parece que casi todos coincidimos. Mi opinión es la misma que la de lamayorí­a. Hasta 6-7 metros un motor y un auxiliar. A partir de 8 metros, dos motores sin ninguna duda. Un solo motor, para salir fuera de las doce millas, que es lo normal con una embarcación de 8 metros parriba, es una temeridad.
  4. pepefran

    Presentación.

  5. pepefran

    Clasificacion de los JIGS

    Hola a todos, Buceando por la mar ciberespacial, he encontrado unas novedades de la clasica Yamashita - Maria, que pueden ser la bomba, ahora a ver cuando los traen a España. Hay que adentrarse por Maria main, y buscar los Mar amigoG, y especialmente, los que se llaman Shore blue de 60, 80 y 100 gr, que para el Mediterraneo, tienen una pinta impresionante. Yo no se colocar las fotos, ni enlace directo exactamente, pero para buscar, lo he visto en; http://www.yamaria.co.jp/company-info5.htm
  6. pepefran

    GRACIAS A TODOS.

    Pues pensaba que tení­a algo copiado, pero no lo puedo pegar, lo intentaré nuevamente Bueno, ahora, creo que lo he logrado. Lo que queria decir, es que a todos, TODOS, no les darí­a yo las gracias, aunque sea jueves, por ejemplo a: HACIENDA………… Un hombre fue citado para una investigación fiscal en el Ministerio de Hacienda. Asustado, preguntó a su contable de que manera vestir. - Usa harapos, que piensen que eres un mendigo. Cuando pregunto a su abogado, este le dio exactamente el consejo contrario: - ¡No dejes que te intimiden!. Usa tu traje y corbata mas caros y elegantes. Confundido, el hombre se va a hablar con el cura de su parroquia, le cuenta de los dos consejos opuestos y le pide su opinión. - Déjame contarte una historia . Una mujer, a punto de casarse, le preguntó a su madre que ponerse en su noche de bodas. Ponte una bata pesada, de franela, que te llegue al cuello, le dijo la madre. Cuando preguntó a su mejor amiga, esta le dio el consejo opuesto: Ponte el camisón mas pequeño y transparente que puedas encontrar y con un escote que te llegue hasta el ombligo. El hombre protesta: - ¡Pero Padre!, ¿que tiene que ver eso con Hacienda y mis impuestos? El cura contesta: - No importa como te vistas, hagas lo que hagas te van a j####... ------------------------------------------------------- Bueno, creo que ya esta todo dicho
  7. pepefran

    GRACIAS A TODOS.

  8. Hola a tod@s, Si hace pocos dí­as se publico en la prensa el descubrimiento de un nuevo paraiso de flora y fauna terrestre en Papua Nueva Guinea, hoy le toca a nuestro mundo acuatico, en varios peridicos he leido la noticia que transcribo, difundida por la agencia EFE. ------------------------------------------- WASHINGTON.- Cientí­ficos estadounidenses han descubierto un nuevo mundo marino en el mar Caribe que está amenazado por las actividades petroleras, según ha anunciado 'Conservation International' (CI), una organización de defensa del medio ambiente. En un informe sobre una expedición de dos semanas realizada en enero pasado al atolón de Saba Bank, los cientí­ficos de CI y del Museo de Historia Natural de la Institución Smithsonian dijeron haber confirmado la existencia de la más rica diversidad de vida marina de que se tenga registro en el Caribe. El atolón, que es la cima de una enorme montaña submarina, se encuentra a unos 250 kilómetros al sudeste de Puerto Rico, en las islas holandesas de Barlovento. En la expedición participaron 13 cientí­ficos, en una operación que se realizó con tres naves especialmente preparadas, las cuales contaron con la ayuda de pescadores de la zona. En esa zona se hallaron nuevas especies de peces, algas y otro tipo de vida marina de los que no existí­an antecedentes, señaló Michael Smith, director de la Iniciativa para la Bí­odiversidad del Caribe. "Descubrí­amos nuevas especies cada dí­a que estuvimos allí­", señaló el cientí­fico en una entrevista telefónica. Según CI, el número total de especies de peces llegó a unas 200 en comparación con menos de 50 de las que se conocí­a antes de la expedición, que se realizó con fondos proporcionados por el Gobierno de Holanda. Sin embargo, la riqueza de ese mundo submarino está bajo la amenaza de actividades petroleras que también han puesto en peligro la economí­a en pequeña escala de los habitantes de la región, señaló Smith. El cientí­fico indicó que en la vecina isla de San Eustacio se realizan faenas de trasvase de petróleo a barcos de menor calado, debido a que los más grandes no pueden atracar en puertos de algunos paí­ses del Caribe. "Los frágiles ecosistemas del atolón son adversamente afectados por esas tareas, por las anclas y por las cadenas de las naves", manifestó. "Alrededor de 1.500 personas viven en la cercana isla de Saba, principalmente de la actividad que realiza en el atolón, y éste corre el peligro de ser destruido", indicó. Los enormes buques también son un peligro para las pequeñas embarcaciones y para los pescadores que se ven obligados a abandonar las zonas donde durante muchos años han llevado a cabo sus tareas, según los cientí­ficos. Smith manifestó que la vulnerabilidad que afecta a la zona ha impulsado a la CI a pedir a la Organización Marí­tima Internacional que se declare al atolón "Área Marina Particularmente Delicada", lo que la convertirí­a en una zona ambientalmente protegida. "Habrá que demostrar que se trata de un lugar valioso, delicado, que contribuye al conocimiento humano", indicó.
  9. pepefran

    Chistecillo

    Pues me lo acaba de mandar mi cuñada que es funcionaria, y nada, como mas de un funcionario -en activo o jubilado- leera el foro, ahí­ lo cuelgo. __________________________________________________________ El perro del ingeniero, del contable, del quí­mico, del informático ... y del funcionario. Un ingeniero, un contable, un quí­mico, un informático y un funcionario se vanaglorian por tener cada uno un perro maravilloso. El ingeniero llama a su can: - ¡Raí­z Cuadrada, enséñanos tu talento! La perra avanza hasta una pizarra y dibuja rápidamente un cuadrado, un cí­rculo y un triángulo. El contable dice a su perro: - ¡Balance, enséñanos lo que puedes hacer! El perro va hasta la cocina, y vuelve con una docena de galletas, y las apila en 3 montones iguales de 4 galletas. El quí­mico dice que su perro puede hacerlo mejor: - ¡Termómetro, haz tu número! El perro abre la nevera, coge un litro de leche, va al armario a conseguir un vaso de 10 cl. y vierte exactamente 8 cl. en el vaso sin derramar una gota . El informático piensa que se va a quedar con todos : - ¡Disco duro, impresiónales! El perro se instala delante del ordenador, lo arranca, inicia el programa antivirus, enví­a un mail e instala un nuevo juego. Los 4 hombres se vuelven hacia el funcionario y le preguntan: - ¿Y tu perro, qué puede hacer? - ¡Cafelito, enséñanos los talentos del funcionariado! El perro se levanta, hace un crucigrama en la pizarra, se come las galletas, se bebe la leche, juega un solitario en el ordenador, se monta a la perra del ingeniero y simula haberse lesionado la espalda en la labor, por lo que rellena un formulario de accidente laboral y coge una baja de seis meses. Ooooooooooleeeeeee mi perro
  10. pepefran

    presentacion

  11. Hola, Como últimamente están muy de moda, los tienen en casi todas las tiendas, aunque son un poco carillos. Donde loshe visto mejor de precio es aquí­: http://www.ginrinpeche.com/default.php/cPath/28_122
  12. Como veo que no se anima nadie a colocar otro, aunque no sea jueves, pues ahí­ va otro: _________________________________________________ Un anciano de 90 años fue al médico para su chequeo de rutina. El doctor le preguntó cómo se sentí­a. "Nunca estuve mejor", respondió elanciano. "Mi novia tiene 18 años.Ahora está embarazada y vamos a tener un hijo" El doctor pensó por un momento y dijo: "Permí­tame contarle una historia. Un cazador que nunca se perdí­a la temporada de caza, un dí­a salió a cazar, pero salió de su casa tan apurado que se confundió y tomó el paraguas en vez del rifle. Cuando llegó al bosque se le apareció un gran oso. El cazador levantó el paraguas, le apuntó al oso y disparó. ¿A que no sabe qué pasó?" "No sé", respondió el anciano. "Pues que el oso cayó muerto frente a él", concluyó el doctor. "¡Imposible!", exclamó el anciano. "¡Alguien más debe haber disparado!" "A ese punto querí­a yo llegar", concluyó el médico.
  13. pepefran

    consulta

    Hola de nuevo, Como te decí­a casa Pintat, es la mayor tienda de Andorra en tema pesquero, los precios carillos, por lo tanto comprueba antes a como se cotiza en la tienda a la que vayas de costumbre. He comprado alguna que atra vez, pero material que no habí­a en mi pueblo. Te coloco el enlace; http://www.casapintat.com/
  14. pepefran

    Carrete sagarra vendo

    Me puedes decir quemodelo es? Y su estado de funcionamiento? Gracias.
  15. pepefran

    Hola

  16. pepefran

    consulta

    Hola, Pues en Andorra la que considero mejor tienda de articulos de pesca es Casa Pintat, que hemos comentado alguna que otra vez, pues tienen página web
  17. Hola a todos, Como es jueves, para seguir con las buenas costumbres, toca un chistecillo, como veo que nadie se ha decidido a colgarlo, pues me veo en la obligación de recordarlo, y hacerlo, veamos si gusta. ---------------------------------------------------------------- Un hombre que fue en la tierra muy bueno, se murió y, como era de esperarse, se fue al cielo, donde llevaba más de mil años disfrutando de la eternidad; pero un dí­a se fastidió y le dijo a Dios: "Dios mí­o, quisiera que me permitieras conocer el infierno por una noche, para saber de qué me perdí­". Dios, en su infinita bondad, le dijo: "Si es tu voluntad, sea". Nuestro hombre se fue esa noche al infierno. Subió, a su entrada, unas escaleras de mármol de Carrara. Vio por doquier luces de neón y una puerta se abrió de manera espectacular, dando paso a una especie de Edén surcado por rí­os de whisky de 18 años y mujeres de las más hermosas del planeta. Pasó la mejor noche de su vida y regresó de madrugada al cielo. En la mañana, habló con Dios y le manifestó su deseo de mudarse definitivamente al infierno. Dios nuevamente aceptó. Arreglados sus asuntos, a la semana estaba camino del infierno. Subió las mismas escaleras y se abrió nuevamente la puerta, pero esta vez cayó a una pila gigantesca de azufre hirviente. Se hundió en ella mientras el diablo lo punzaba con su tridente, pero con esfuerzo logró colgarse del borde. Sacó la cabeza y miró al Diablo sentado en su trono y le dijo: -Diablo, ¿qué es esto? Yo estuve aquí­ la semana pasada y todo era maravilloso... Y el Diablo respondió: Sí­, pero una cosa es el turismo y otra la inmigración.
  18. pepefran

    hola a todos

  19. pepefran

    Andaduras y correrias del Team Mangas

    El barco tiene una pinta impresionante, FELICIDADES, por la adquisición El carrete VAN STAAL, la verdad no me acaba de convencer, lo tuve en mis manos y como coleccionista casi me lo compro, la verdad, es una pasada de diseño, pero tiene ese modelo un problema que no me convence, es la falta del pick-up, creo que hay otro modelo al que se lo han colocado. Con un bicho de tamaño, no se, no se, pillar con la mano el hilo trenzado para hacertar pasar y meterlo en la guia, pues como que no, la dificultad, posibilidad de corte y/o dolor no me atrae la idea de usarlo.
  20. pepefran

    LEYES; ORDENES; DECRETOS

    Hola a todos, Amigo Janel, a fuer de sincero, curro ninguno. La verdad, es que anteriormente si que copiaba los textos a mano, pero la semana pasada le dije a una de mis secretarias, que me enseñara a <copiar y pegar>, lo que es sencillisimo, pero yo no lo habí­a hecho nunca, ahora he aprendido, y todo el rollo de la ley última andaluza, lo he colocado en segundos. Un dí­a de estos, veré si aprendo a colocar fotos, que todaví­a no se.¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
  21. Hola a todos, Practicamente, todos los dí­as se publican todo tipo de leyes, ordenes y decretos, en materia pesquera. Por si hubiera algún interesado/afectado, ire colocando de vez en cuando, algún que otro post con las novedades, comenzando por el siguiente: ORDEN DE 18 DE ENERO DE 2006, POR LA QUE SE FIJAN Y REGULAN LAS VEDAS Y PERIODOS HABILES DE PESCA CONTINENTAL EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ANDALUCIA, DURANTE LA TEMPORADA 2006. CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE BOJA 03-02-06 La Comunidad Autónoma de Andalucí­a, de conformidad con lo establecido en los artí­culos 148.11 de la Constitución y 13.18 de su Estatuto de Autonomí­a, tiene la competencia exclusiva en materia de pesca continental. De otro lado, el artí­culo 33 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, prevé que el ejercicio de la misma se regule de modo que queden garantizados la conservación y fomento de las especies, a cuyos efectos la Administración competente determinará los terrenos y las aguas donde tal actividad pueda realizarse, así­ como las fechas hábiles para cada especie. La Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres, tiene entre sus objetivos el fomento y el control de los usos y aprovechamientos ordenados y responsables de las especies silvestres en el marco de un desarrollo sostenible orientado a la mejora del nivel y calidad de vida de la población andaluza. El artí­culo 57 de esta Ley establece que la actividad de la pesca continental podrá practicarse en tramos de aguas acotadas al efecto o en aguas libres que no se declaren refugios de pesca o reservas ecológicas, con arreglo a las prohibiciones y limitaciones previstas en la citada Ley. Por ello, se hace necesario especificar las caracterí­sticas de acotados y de los refugios de pesca, así­ como de las aguas libres, y fijar las vedas y prohibiciones especiales que regularán la pesca en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Andalucí­a durante el año 2006. Sólo se establece veda para la trucha común y arcoiris. El resto de las especies pescables no tienen limitación alguna en su perí­odo hábil, siempre que la captura se realice con caña, porque las condiciones hidrobiológicas actuales de los cauces fluviales andaluces lo permiten, de modo que se asegura la conservación del ecosistema fluvial. Debido a que las poblaciones de trucha común de Andalucí­a se encuentran claramente en regresión en los últimos años, se establece como medida de protección que con carácter general sólo se podrá pescar esta especie tanto en aguas libres como en acotados, en la modalidad de captura y suelta. Se establece un cupo de capturas máximo de diez ejemplares por pescador y dí­a para la boga, el cacho y el barbo, debido a la disminución que se ha producido en sus poblaciones en los últimos años. Conforme al orden constitucional de distribución de competencias en materia de protección del medio ambiente y de pesca continental, según resulta de la Sentencia del Tribunal Constitucional 102/1995, de 26 de junio, la presente Orden regula las artes y procedimientos de pesca estableciendo las limitaciones y controles que en cada caso condicionan su uso al objeto de garantizar la conservación y fomento de las especies. En su virtud, en uso de las facultades conferidas por el artí­culo 39.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucí­a, previa consulta y audiencia de las entidades públicas y privadas afectadas y oí­dos los Consejos Provinciales de Medio Ambiente y Biodiversidad así­ como el Comité de Pesca del Consejo Andaluz de Biodiversidad, DISPONGO Artí­culo 1. Ejercicio de la pesca continental. El ejercicio de la pesca continental en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucí­a, durante el año 2006, estará sujeto a las normas contempladas en la presente Orden, sin perjuicio de la normativa vigente. Artí­culo 2. Especies pescables y dimensiones mí­nimas. El ejercicio de la pesca continental sólo podrá realizarse sobre las siguientes especies, y siempre que se superen las dimensiones mí­nimas que se establecen a continuación: Trucha común (Salmo trutta) : Sólo captura y suelta. Trucha arcoiris (Oncorhynchus mykiss) : 19 cm. Blackbass (Micropterus salmoides) : 21 cm. Lucio (Esox lucius) : 40 cm. Carpa (Cyprinus carpio) : 18 cm. Barbos (Barbus spp) : 18 cm. Tenca (Tinca tinca) : 15 cm. Anguila (Anguilla anguilla) : 35 cm. Boga de rí­o (Chondrostoma willkommii) : 15 cm. Cacho (Leuciscus pyrenaicus) : 8 cm. Carpí­n (Carassius auratus) : 8 cm. Lubina (Dicentrarchus labrax) : 36 cm. Baila (Dicentrarchus punctatus) : 36 cm. Lisas o albures (Mugil spp) : 25 cm. Platija (Platichtys flesus) : 25 cm. Pez sol (Lepomis gibbosus) : Sin limitación. Cangrejo rojo (Procambarus clarkii) : Sin limitación. Artí­culo 3. Cotos, aguas libres y refugios de pesca. 1. En los Anexos de la presente Orden se especifica para cada coto de pesca su denominación, los términos municipales donde se ubica, los lí­mites superior e inferior, la especie o el género, en el caso de la trucha, su régimen - de alta o baja montaña, sin muerte o intensivo, perí­odo hábil, cebos autorizados y el cupo de capturas. Asimismo, para la especie trucha se definen las aguas libres de alta montaña, tomando como referencia la Orden de 22 de octubre de 1970, del Ministerio de Agricultura, considerándose por exclusión, aguas libres de baja montaña el resto de las masas de agua habitadas por la trucha que se recogen en la citada Orden, excepto los cotos definidos como de alta montaña en el Anexo I ylosrefugios de pesca definidos en el Anexo IV. Se relacionan en el Anexo VI, las zonas de aguas libres trucheras donde habita la trucha arcoiris y no habita la trucha común. Se consideran por exclusión como habitadas por la trucha común el resto de aguas libres trucheras. 2. Conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, los Anexos de la presente Orden responden a la siguiente estructura, y siempre se clasifican por provincias: - Anexo I: Cotos trucheros. - Anexo II: Aguas libres trucheras de alta montaña. - Anexo III: Cotos de ciprí­nidos y otras especies. - Anexo IV: Refugios de pesca. - Anexo V: Excepciones en embalses. - Anexo VI: Aguas libres trucheras no habitadas por la trucha común. - Anexo VII: Artes autorizadas por especies en el estuario del Guadalquivir y sus marismas. 3. El horario hábil de pesca comienza una hora antes de la salida del sol y termina una hora después de su puesta, tomadas del almanaque del orto y del ocaso. Artí­culo 4. Especies no comercializables. Se declaran especies no comercializables, durante el año 2006, las siguientes: Trucha común (Salmo trutta). Blackbass (Micropterus salmoides). Boga de rí­o (Chondostroma willkommii). Cacho (Leuciscus pyrenaicus). Platija (Platichtys fesus). Pez sol (Lepomis gibbosus). El resto de las especies pescables relacionadas en el artí­culo 2.º serán comercializables durante todo el perí­odo hábil. Artí­culo 5. Pesca de la trucha. 1. El perí­odo hábil de la trucha común y arcoiris en aguas libres y con carácter general será el siguiente: - Aguas de alta montaña, desde el segundo domingo de mayo hasta el 30 de septiembre. - Aguas de baja montaña, desde el tercer domingo de marzo hasta el 31 de agosto. - En el resto de los cotos se especifica en cada uno su perí­odo hábil, el número de capturas y los cebos autorizados. 2. Los dí­as hábiles serán todos los de la semana, excepto los lunes no festivos, sin perjuicio de lo establecido en los Anexos. 3. En aguas libres, el número máximo de capturas de trucha arcoiris será de diez por pescador y dí­a, no estableciéndose cupo de capturas para la trucha común ya que sólo podrá pescarse en la modalidad de captura y suelta, siendo obligada la devolución de cada ejemplar capturado al agua, con una adecuada manipulación que asegure su recuperación en el medio natural. 4. En los cotos sin muerte y en los tramos de aguas libres declarados sin muerte, los ejemplares se devolverán inmediatamente a las aguas. Artí­culo 6. Pesca de otras especies. 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado siguiente, el perí­odo hábil de las otras especies pescables será todo el año sin limitación de capturas ni dí­as hábiles, excepto el cangrejo rojo en la provincia de Granada, que se pescará todos los dí­as de la semana en las aguas libres cipriní­colas, y desde el tercer domingo de marzo al 31 de agosto en las aguas libres trucheras; no pudiendo pescarse en los cotos de ciprí­nidos ni trucheros. También se autoriza la pesca del cangrejo rojo en las Lagunas del Padul (Granada) del 1 de mayo al 31 de diciembre. 2. El número máximo de capturas de boga, cacho y barbo será de 10 ejemplares por pescador y dí­a. Artí­culo 7. Artes y cebos. 1. Artes. Las únicas artes autorizadas para el ejercicio de la pesca continental son la caña para la captura de peces y el retel para el cangrejo rojo. El número de artes que puede utilizar a la vez un pescador será de una caña para los salmónidos y dos cañas (situadas al alcance de la mano, admitiéndose una separación de hasta 10 metros de orilla entre ambas cañas) para los ciprí­nidos y en todos los embalses y hasta ocho reteles para el cangrejo, en una longitud máxima de orilla de 100 metros. A requerimiento de quien se encuentre pescando, cualquier otro pescador deberá guardar una distancia mí­nima de 10 metros, salvo en las aguas trucheras que será de 20 metros. 2. Cebos autorizados a) Se clasifican según su naturaleza en: 1. Naturales: Todos los cereales, todas las leguminosas, patata cocida, lombriz, asticot y masilla. 2. Artificiales: Cucharilla, mosca, imitaciones de peces y vinilos. 3. Artificiales sin muerte: Cucharillas de un solo anzuelo sin flecha y aparejos de un máximo de tres moscas montadas en anzuelos simples sin flecha. b) Se pueden utilizar en los distintos tipos de aguas: 1. En las aguas cipriní­colas se pueden utilizar todos los cebos autorizados, con las excepciones que se especifican en los cotos y embalses. 2. En los cotos de trucha arcoiris, y en las aguas libres trucheras relacionadas en el Anexo VI, únicamente se podrán utilizar cebos artificiales, con las excepciones que se especifican en cotos y embalses. 3. En las aguas libres trucheras no relacionadas en el Anexo VI, así­ como en los cotos de trucha común, únicamente se podrán utilizar cebos artificiales sin muerte. Artí­culo 8. Medios auxiliares de pesca. 1. Con carácter general, se prohí­be el uso de luces artificiales, ondas sonoras y todo tipo de aparatos de localización, seguimiento o inmovilización de los peces salvo los aparatos de localización de obstáculos inmersos en el agua, instalados en embarcaciones destinados a su seguridad, empleados en embalses; así­ como arrojar o incorporar a las aguas cualquier tipo de producto con la finalidad de atraer o inmovilizar a los peces para facilitar su captura, sin perjuicio del resto de medios de captura prohibidos contenidos en el Anexo I de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y la Fauna Silvestres. 2. Cuando se practique la pesca sin muerte, se devolverá el ejemplar inmediatamente al agua. En el caso de campeonatos oficiales de la Federación Andaluza de Pesca Deportiva, así­ como en entrenamientos de pescadores federados, no habrá limitación de capturas, manteniéndose los ejemplares en un vivar adecuado para su devolución posterior, cuando concluya la acción de pesca. Artí­culo 9. Concursos de pesca. 1. Cuando un campeonato oficial de la Federación Andaluza de Pesca Deportiva se celebre en un coto, se deberá comunicar con treinta dí­as de antelación a la Delegación Provincial de la Consejerí­a de Medio Ambiente, y, si se celebra en aguas libres, se procederá de igual modo cuando su ámbito sea regional o nacional. 2. La Federación Andaluza de Pesca Deportiva, a través de sus Delegaciones Provinciales, presentará en la respectiva Delegación Provincial de la Consejerí­a de Medio Ambiente una memoria anual de las capturas realizadas en las pruebas deportivas que organice, para conocer la evolución de las poblaciones piscí­colas en cada escenario. 3. Se autoriza la incorporación de productos vegetales al agua sólo en la celebración de concursos de pesca sin muerte de la Federación Andaluza de Pesca Deportiva, así­ como en entrenamientos de pescadores federados en aguas cipriní­colas. Se habrá de realizar una mezcla de los productos vegetales a incorporar, de modo que el resultado sea una masa semiflotante que no permanezca sobre la superficie del agua, y no sea nociva, ni contaminante. Artí­culo 10. Excepciones. 1. Se autoriza la medida mí­nima de ocho centí­metros para los ciprí­nidos sólo en el caso de pesca sin muerte, en las competiciones oficiales y en los entrenamientos que organice la Federación Andaluza de Pesca Deportiva. 2. Por motivos de investigación, inventario de poblaciones y repoblación, así­ como, cuando resulte necesario para la adecuada gestión de la pesca continental, se podrá autorizar la pesca con red, la eléctrica u otro método que lo justifique, mediante Resolución expresa y motivada del titular de la Dirección General de Gestión del Medio Natural, en la que se especificarán, entre otras condiciones, las especies, medios, personal y las circunstancias de tiempo y lugar, así­ como los controles que se ejercerán en su caso. DISPOSICION ADICIONAL UNICA Las grandes masas de agua, embalses y estuarios de los grandes rí­os tienen una gran capacidad biogénica y, por ello, se puede obtener una mayor productividad y, en función de lo dicho, sin detrimento de la conservación de las especies, se efectúan las siguientes excepciones a perí­odos hábiles y a las artes y procedimientos de pesca: 1. Ampliación del perí­odo hábil, cambio de la clasificación de las aguas y autorización de algunos cebos en determinados embalses que se relacionan en el Anexo V. 2. Se autoriza la pesca del cangrejo rojo americano (Procambarus clarkii) con nasa cangrejera en los embalses de las siguientes provincias: Córdoba: Vado Mojón. Huelva: La Bujarda, El Lagunazo, Matavacas, Piedras, Paymogo, Las Tinajillas, pantanos de la finca Dehesa de Dos Hermanas, Los Recueros, Las Llanaditas, pantano municipal de Alosno, pantano Mina la Isabel, pantanos de las minas de las Herrerí­as y pantano municipal de Puebla de Guzmán. Sevilla: Torre del Aguila, de Alcalá del Rí­o y José Torán. Málaga: Canales de riego de la vega de Antequera, aguas arriba del embalse del Guadalhorce. Los pescadores, antes de calar las nasas en los embalses, lo comunicarán a la Delegación Provincial de la Consejerí­a de Medio Ambiente, quien fijará el número máximo de nasas, los posibles lugares para su instalación, el horario de pesca, el tiempo para su revisión o levantado de las mismas y cualquier otra medida que se estime necesaria para mejor conservación del medio. 3. En el Estuario del Guadalquivir y sus marismas, aguas abajo de la presa de Alcalá del Rí­o hasta el Caño del Yeso, por sus caracterí­sticas especiales donde se mezcla el agua dulce del rí­o con la salada del mar, existe un paso obligado de las especies migradoras, anguila, lubina, baila, albures, y otras. Para asegurar la conservación de las especies y mantener el particular ecosistema que constituyen los estuarios, se restringen las artes de pesca a las siguientes: Cedazo, cuchara de mano, cuchara de proa o coriana, cuchara o bandas laterales, nasa holandesa y cangrejera, trasmallo, persiana y tarraya, cuya descripción por especies se especifica en el Anexo VII. Para la utilización de estas artes deberán ser inscritas en la Delegación Provincial de la Consejerí­a de Medio Ambiente correspondiente, todo ello sin perjuicio de los demás requisitos que, con arreglo a la normativa vigente, sean exigibles. Ninguna red podrá calarse a menos de 350 metros del pie de la Presa de Alcalá del Rí­o y no se podrá pescar con caña a menos de 50 metros del pie de la presa. 4. No será de aplicación la regulación prevista para el Estuario del Guadalquivir y sus marismas en el refugio de pesca descrito en el Anexo IV en la provincia de Sevilla, que transcribe la prohibición establecida por Orden de 28 de abril de 1998, de la Consejerí­a de Medio Ambiente. DISPOSICION FINAL PRIMERA Se faculta al titular de la Dirección General de Gestión del Medio Natural a modificar los perí­odos hábiles de pesca fijados en la presente Orden, cuando concurran circunstancias excepcionales de tipo ecológico, biológico o climatológico, publicándose la resolución que se dicte en el Boletí­n Oficial de la Junta de Andalucí­a, al menos con una semana de antelación a su entrada en vigor. DISPOSICION FINAL SEGUNDA La presente Orden entrará en vigor el dí­a siguiente al de su publicación en el Boletí­n Oficial de la Junta de Andalucí­a. Sevilla, 18 de enero de 2006 FUENSANTA COVES BOTELLA Consejera de Medio Ambiente ANEXO I COTOS TRUCHEROS ALMERIA Denominación: Andarax. Término municipal: Laujar de Andarax. Lí­mite superior: Junta con el Barranco del Aguadero. Lí­mite inferior: Badén de la Adecuación Recreativa «El Nacimiento». Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Mosca artificial y cucharilla con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. C A D I Z Denominación: El Bosque. Término municipal: El Bosque y Grazalema. Lí­mite superior: Nacimiento de Benamahoma. Lí­mite inferior: Desagí¼e del Arroyo de La Almaja. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. GRANADA Denominación: Aguas Blancas. Término municipal: Quéntar. Lí­mite superior: Fuente del Hervidero (Tocón). Lí­mite inferior: Cola del Embalse de Quéntar. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Alhama. Término municipal: Alhama de Granada. Lí­mite superior: Unión Rí­o Cerezal. Lí­mite inferior: Cortijo de La Zorrica. Especie: Trucha común. Régimen: Baja montaña sin muerte. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Moscas artificiales y cucharillas provistas de un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Pantaneta. Término municipal: Alhama de Granada. Lí­mite superior: Cortijo de La Zorrica. Lí­mite inferior: Muro de la presa. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Quéntar. Término municipal: Quéntar. Lí­mite superior: Cola del embalse en su cota máxima. Lí­mite inferior: Muro de la presa. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, cereales y leguminosas. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris, bogas, cachos y barbos, resto de ciprí­nidos ilimitado. Denominación: Fardes. Término municipal: HuétorSantillán, Diezma y La Peza. Lí­mite superior: Unión de los rí­os en la Venta del Molinillo. Lí­mite inferior: Central eléctrica Cristo de la Fe. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Artificiales autorizados con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Genazar. Término municipal: Loja. Lí­mite superior: Nacimiento. Lí­mite inferior: Unión Rí­o Genil. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Riofrí­o. Término municipal: Loja. Lí­mite superior: Puente de la Autoví­a A92. Lí­mite inferior: Puente carretera de Rute. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Riofrí­o. Término municipal: Loja. Lí­mite superior: Nacimiento Rí­o Frí­o y Caserí­o de la Palanquilla Rí­o Salado. Lí­mite inferior: Puente de la autoví­a A92. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Intensivo (Ayuntamiento de Loja). Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Pinillos. Término municipal: Pinos Genil. Lí­mite superior: Salida Embalse de Canales (presa). Lí­mite inferior: Muro de la represa. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Intensivo (Ayuntamiento de Pinos Genil). Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Cací­n. Término municipal: Cací­n, Arenas del Rey y Alhama de Granada. Lí­mite superior: Muro de la presa de Los Bermejales. Lí­mite inferior: Presa del Turro. Especie: Trucha común. Régimen: Baja montaña sin muerte. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto Cebos: Moscas artificiales sin flecha y cucharilla provista de un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Castril. Término municipal: Castril. Lí­mite superior: Barranco de la Magdalena. Lí­mite inferior: Puente de Lézar. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña sin muerte. Perí­odo hábil: 1. er domingo de junio al 30 de septiembre. Cebos: Moscas artificiales sin flecha y cucharilla provista de un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Genil. Término municipal: Gí¼éjarSierra. Lí­mite superior: Unión Rí­o San Juan. Lí­mite inferior: Central eléctrica de Gí¼éjarSierra. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Moscas artificiales provistas de un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Embalse San Clemente. Término municipal: Huéscar. Lí­mite superior: Unión Rí­os Guardal y Raigadas. Lí­mite inferior: Muro de la presa. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Alta montaña. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Artificiales autorizados, cereales, leguminosas y masilla. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris y barbos, resto de ciprí­nidos ilimitado. Denominación: Trevélez. Término municipal: Trevélez y Busquí­star. Lí­mite superior: Lí­mite del Parque Nacional. Lí­mite inferior: Acequia de Busquí­star. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 0. Denominación: El Portillo. Término municipal: Castril. Lí­mite superior: Puente de Lezar. Lí­mite inferior: Muro de la presa. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 0. J A E N Denominación: Embalse de La Bolera. Término municipal: Pozo Alcón y Peal de Becerro. Lí­mite superior: Lí­mites naturales del embalse en su capacidad máxima. Lí­mite inferior: Muro de presa. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 30 de noviembre. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Peralta. Término municipal: Pozo Alcón. Lí­mite superior: Pilón de Peralta. Lí­mite inferior: Lí­mite del término municipal. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Intensivo (Ayuntamiento de Pozo Alcón). Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: La Toba. Término municipal: SantiagoPontones. Lí­mite superior: Puente de la Huelga Utrera. Lí­mite inferior: Ermita del Pantano de Las Anchuricas. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Artificiales autorizados con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: La Vieja. Término municipal: SantiagoPontones. Lí­mite superior: Cota máxima del embalse en la desembocadura del rí­o. Lí­mite inferior: Muro de la presa La Vieja. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Puente del Hacha. Término municipal: SantiagoPontones, La Iruela y Santo Tomé. Lí­mite superior: Puente del Hacha. Lí­mite inferior: Confluencia con el Rí­o Borosa. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Cañamares. Término municipal: La Iruela y Chilluévar. Lí­mite superior: Cortijo Grande. Lí­mite inferior: Confluencia con el arroyo de La Vacarizuela. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Velillos. Término municipal: Frailes y Alcalá la Real. Lí­mite superior: Puente de la Cueva. Lí­mite inferior: Confluencia con el rí­o Mures. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Guadalbullón. Término municipal: Cambil, Cárchales y Pegalajar. Lí­mite superior: Puente del cruce de la carretera de Arbuniel y N323. Limite inferior: Puente Padilla. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Valdepeñas de Jaén. Término municipal: Valdepeñas de Jaén. Lí­mite superior: Puente de La Valera. Lí­mite inferior: Charco de Utrera. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: San Juan. Término municipal: Alcaudete. Lí­mite superior: Confluencia con el Arroyo de Chiclana. Lí­mite inferior: Molino del Moro. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: El Carrizal. Término municipal: Castillo de Locubí­n. Lí­mite superior: Zona Recreativa nacimiento San Juan. Lí­mite inferior: Confluencia con el arroyo de La Piedra. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Aguadero Hondo. Término municipal: Villacarrillo. Lí­mites: Todo el embalse. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 12 de octubre. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Guadalentí­n. Término municipal: Cazorla, Peal de Becerro y Pozo Alcón. Lí­mite superior: Confluencia con el Arroyo de Los Tornillos de Gualay. Lí­mite inferior: Lí­mite natural del embalse de La Bolera en su capacidad máxima. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Mosca artificial con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Pontones. Término municipal: SantiagoPontones. Lí­mite superior: Puente Ctra. de Pontones a Santiago de la Espada. Lí­mite inferior: Puente del Charco del Humo. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Mosca artificial con un anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Cortijo del Vado. Término municipal: SantiagoPontones. Lí­mite superior: Presa de Palomares. Lí­mite inferior: Cortijo del Vado. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Artificiales autorizados con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Charco de La Cuna. Término municipal: La Iruela, Santo Tomé y SantiagoPontones. Lí­mite superior: Desagí¼e del Arroyo de Las Truchas en el Rí­o Borosa. Lí­mite inferior: Cortafuegos del Remendao en el Rí­o Guadalquivir. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Intensivo. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Borosa. Término municipal: SantiagoPontones y La Iruela. Lí­mite superior: Puente del Charco Pancica. Lí­mite inferior: Confluencia con el Arroyo de Las Truchas. Especie: Trucha común. Régimen: Baja montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Puente Ortega. Término municipal: Villanueva del Arzobispo y Sorihuela del Guadalimar. Lí­mite superior: 300 metros aguas abajo del Puente de Los Agustines. Lí­mite inferior: Peñón del Caballo. Especie: Trucha común. Régimen: Baja montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 12 de octubre. Cebos: a) Del lí­mite superior al arroyo Chillar, mosca artificial con un solo anzuelo sin flecha b) Del arroyo Chillar hasta el lí­mite inferior, artificiales autorizados con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Tramo Tobos. Término municipal: SantiagoPontones. Lí­mite superior: Cortijo del Vado. Lí­mite inferior: Cota máxima del embalse de La Vieja en la desembocadura del rí­o. Especie: Trucha común. Régimen: Baja montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Huelga del Nidillo. Término municipal: SantiagoPontones y La Iruela. Lí­mite superior: Puente de la Central del Salto de los Organos. Lí­mite inferior: Puente del Charco Pancica. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Mosca artificial con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Don Marcos. Término municipal: Siles, Benatae y Torres de Albanchez. Lí­mite superior: Puente de la carretera de La Puerta de Segura a Siles. Limite inferior: Puente de la carretera de Torres de Albanchez a Benatae. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Baja montaña. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Madera Bajo. Término municipal: SantiagoPontones y Segura de la Sierra. Lí­mite superior: Casa Forestal de La Laguna. Limite inferior: Confluencia con el rí­o Segura. Especie: Trucha común. Régimen: Alta montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 2.º domingo de mayo al 30 de septiembre. Cebos: Mosca artificial con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: El Duende (Mogón). Término municipal: Villacarrillo. Lí­mite superior: Acueducto de Mogón. Limite inferior: Segunda estación elevadora. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Intensivo. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos: Artificiales autorizados, masilla y cereales. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. Denominación: Sillero. Término Municipal: Villacarrillo. Lí­mite superior: Puente de La Gorda. Limite inferior: Acueducto de Mogón. Especie: Trucha común. Régimen: Baja montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 12 de octubre. Cebos: Artificiales autorizados con un solo anzuelo sin flecha. Cupo de capturas: 0. MALAGA Denominación: Cabecera del Turón. Término municipal: El Burgo. Lí­mite superior: Presa de acequia de riego entre los diques primero y segundo. Lí­mite inferior: Puente de la Ctra. de El Burgo a Casarabonela. Especie: Trucha común. Régimen: Baja montaña sin muerte. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Artificiales autorizados con un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. Denominación: Genal. Término municipal: Igualeja, Pujerra, Júzcar y Faraján. Lí­mite superior: Confluencia con el Rí­o Seco. Lí­mite inferior: Lí­mite término municipal de Faraján. Especie: Trucha común. Régimen: Baja montaña, sin muerte. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 31 de agosto. Cebos: Mosca artificial y cucharilla provistos de un solo anzuelo sin flecha. Cupo capturas: 0. SEVILLA Denominación: Molino del Corcho. Término municipal: Cazalla y Constantina. Lí­mite superior: Puente de la Ctra. de Cazalla de la Sierra a Constantina. Lí­mite inferior: Vaguada del Cortijo de Jesús. Especie: Trucha arcoiris. Régimen: Intensivo. Perí­odo hábil: Todo el año. Dí­as hábiles: Todos los dí­as de la semana excepto lunes, martes y miércoles no festivos. Cebos: Artificiales autorizados. Cupo capturas: 10 truchas arcoiris. ANEXO II AGUAS LIBRES TRUCHERAS DE ALTA MONTAÑA ALMERIA A) Cuenca del Andarax: - Rí­o Ohanes: Desde el lí­mite del Parque Nacional de Sierra Nevada hasta el Puente de la carretera de Ohanes a Beires. - Rí­o Nacimiento y afluentes: Desde el lí­mite del Parque Nacional de Sierra Nevada aguas abajo. B) Cuenca del Adra: - Rí­o Paterna: Desde el lí­mite del Parque Nacional de Sierra Nevada hasta el puente de la Carretera de Laujar a Paterna. - Rio Bayárcal. Desde el lí­mite del Parque Nacional de Sierra Nevada hasta el puente de la carretera de Bayárcal a Laroles. GRANADA A) Cuenca del GuadalquivirSubcuenca del Genil: - Rí­o Dí­lar: Desde el lí­mite del Parque Nacional hasta el pueblo de Dí­lar. - Embalse de Canales: Desde la central de Gí¼éjarSierra hasta el muro de la presa. - Rí­o Genil: Desde el lí­mite inferior del coto Pinillos (contraembalse de Canales) hasta el Puente Verde de Granada (se podrá pescar en la modalidad «a mosca»). - Rí­o Maitena: Desde el lí­mite del Parque Nacional hasta su confluencia con el Genil. - Rí­o Monachil: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. B) Cuenca del GuadalquivirSubcuenca del Guadiana Menor: - Rí­o Alhama (Lugros): Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. - Rí­o Bravatas: Desde su nacimiento, hasta el Cortijo del Doctor. - Rí­o Castril: Desde el muro de la presa del Portillo aguas abajo. - Rí­o Guardal: Desde la presa de San Clemente hasta el puente de la Ctra. A326 y desde la piscifactorí­a hasta su confluencia con El Raigaidas (se podrá pescar en la modalidad «a mosca»). - Zona del Marquesado: (Jeres, Lanteira, Aldeire, Dólar y Huéneja), aguas abajo de lí­mite del Parque Nacional. C) Cuenca del Guadalfeo: - Rí­o Chico: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. - Rí­o Dúrcal: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. - Rí­o Guadalfeo: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. - Rí­o Lanjarón: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. - Rí­o Mecina: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. - Rí­o Nechite: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. - Rí­o Torrente: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. - Rí­o Poqueira: Desde el lí­mite del Parque Nacional, hasta su unión con el rí­o Trevélez. - Rí­o Trevélez: Desde la acequia de Busquí­star, aguas abajo. - Rí­o Válor: Desde el lí­mite del Parque Nacional, aguas abajo. JAEN A) Cuenca del Guadalquivir: - Rí­o Guadalquivir: Desde el puente de Las Herrerí­as hasta el puente del Vadillo Castril (se podrá pescar en la modalidad «a mosca» con un solo anzuelo sin flecha). - Rí­o Aguascebas grande: Desde la confluencia con el arroyo Aguascebas chico hasta la confluencia con el arroyo Aguascebas de la Cueva del Agua (se podrá pescar en la modalidad «a mosca» con un solo anzuelo sin flecha). B) Cuenca del Segura: - Rí­o Madera: Desde el Arroyo de Peña Rubia hasta la casa forestal de La Laguna (se podrá pescar en la modalidad «a mosca» con un solo anzuelo sin flecha). - Rí­o Zumeta: Desde el puente de la Fuenseca hasta la presa de Palomares. ANEXO III COTOS DE CIPRINIDOS Y OTRAS ESPECIES C O R D O B A Denominación: Embalse de Santa Marí­a. Término municipal: Pozoblanco. Lí­mites: Todo el embalse. Especie: Carpa, barbo, boga y tenca. Régimen: Intensivo (Ayuntamiento de Pozoblanco). Cupo de capturas: Boga y barbo: 10. Resto de especies ilimitado. H U E L V A Denominación: Embalse del Candoncillo. Término municipal: Beas. Lí­mites: Todo el embalse. Especie: Barbo, carpa y blackbass. Régimen: Se podrá pescar sin necesidad de obtener permiso, excepto los dí­as en que se celebre campeonato de pesca autorizados por la Delegación Provincial. Cupo de capturas: Barbo: 10. Resto de especies ilimitado. Denominación: Embalse Silillos I. Término municipal: Valverde del Camino. Lí­mites: Todo el embalse. Especie: Barbo, carpa, boga y blackbass. Régimen: Sin muerte para barbo, carpa y boga. Con muerte para el blackbass. Cupo de capturas: Ilimitado. Denominación: Embalse Silillos II. Término municipal: Valverde del Camino. Lí­mites: Todo el embalse. Especie: Barbo, carpa, boga y blackbass. Régimen: Sin muerte para barbo, carpa y boga. Con muerte para el blackbass. Cupo de capturas: Ilimitado. ANEXO IV REFUGIOS DE PESCA ALMERIA - Rí­o Andarax: Desde el lí­mite del Parque Nacional de Sierra Nevada hasta la junta con el Barranco del Aguadero. C A D I Z - Laguna de Taraje (Puerto Real). - Laguna de Comisario (Puerto Real). - Laguna de San Antonio (Puerto Real). - Laguna Chica (El Puerto de Santa Marí­a). - Laguna Salada (El Puerto de Santa Marí­a). - Laguna del Tarelo (Sanlúcar de Barrameda). - Laguna de Medina (Jerez de la Frontera). - Laguna de Las Pachecas (Jerez de la Frontera). - Laguna de Los Tollos (Jerez de la FronteraEl Cuervo). - Laguna de Geli (Chiclana de la Frontera). - Laguna de Montellano (Chiclana de la Frontera). - Laguna de La Paja (Chiclana de la Frontera). - Laguna de Hondilla (Espera). - Laguna Dulce (Espera). - Laguna Salada (Espera). - Lagunas del Tejón y Canteras (Jerez de la Frontera). - Arroyos del Saladillo, del Saguzal, de los Garzos y de Mojón Blanco con sus afluentes: Desde su nacimiento hasta la provincia de Sevilla. - Arroyo de Santiago y sus afluentes: Desde su nacimiento hasta la provincia de Sevilla. - Arroyos Salado de Espera, Valdehondo y Salado de Morón, con sus afluentes hasta la provincia de Sevilla. C O R D O B A - Embalse de Cordobilla. Todo el Embalse. - Embalse de Malpasillo. Todo el Embalse. - Laguna de Zoñar. Toda la Laguna. - Laguna Amarga. Toda la Laguna. - Laguna del Conde. Toda la Laguna. - Laguna de Los Jarales. Toda la Laguna. - Laguna del Rincón. Toda la Laguna. - Laguna de Tí­scar. Toda la Laguna. - Embalse del Retortillo. Margen izquierda, en el tramo comprendido entre el Arroyo de Sancha hasta 1,75 km del cuerpo de presa, medido según curva de nivel correspondiente a la máxima cota de embalse. - Embalse del Bembézar. Todo el Embalse, excepto en la margen izquierda el tramo de 1,5 km a partir del cuerpo de presa, medido según curva de nivel correspondiente a la máxima cota de Embalse. GRANADA - Rí­o Aguas Blancas. Desde su nacimiento hasta la confluencia con El Tocón. - Rí­o Alhama. Desde su nacimiento hasta la confluencia del Rí­o Cerezal. - Rí­o Añales. Desde su nacimiento hasta el lí­mite de «La Resinera». - Arroyo de las Perdices. Todo su curso. - Rí­o Cací­n. Desde la confluencia de los Rí­os Cebollón y Venta Vicario hasta la salida del monte de La Resinera por el puente que da acceso a la finca. - Rí­o Castril. Desde su nacimiento hasta la confluencia con el barranco de La Magdalena. - Rí­o Cebollón. Todo su curso. - Rí­o Fardes. Desde su nacimiento hasta la junta de los rí­os en El Molinillo. - Rí­o Raigadas. Desde su nacimiento hasta unión Rí­o Guardal. - Rí­o Salado. Desde su nacimiento hasta la Caserí­a de la Palanquilla. - Rí­o Vacar. Todo su curso. - Rí­o Vacares. Todo su curso. - Rí­o Venta Vicario. Todo su curso. H U E L V A - Estero de Domingo Rubio y Arroyo Dehesa del Estero. Desde su nacimiento hasta el puente de La Rábida en la carretera que une Huelva con Palos de la Frontera. - Laguna de Palos y Las Madres. En todas las lagunas, cauces y charcos, tanto naturales como artificiales, incluidas en el Paraje Natural y en las situadas al Sur de la carretera que une la Refinerí­a de La Rábida con Mazagón. - Laguna del Prado. Al Norte de la población de La Redondela en el término municipal de Lepe. - Arroyo de Rocina y sus afluentes en el tramo comprendido entre el puente de Las Ortigas y su desembocadura en el puente de La Canariega. - Lagunas incluidas en la Zona de protección del Parque Nacional de Doñana de la carretera comarcal AlmonteTorre la Higuera. - Lagunas incluidas en la Finca del Acebuche. - Dos tramos del rí­o Odiel: a) 200 metros aguas debajo de la presa del embalse OdielPerejil hasta la propia presa b) Desde el acule del embalse hasta 100 metros aguas arriba del puente que existe sobre el rí­o Odiel, en la carretera Campofrí­oAracena. JAEN - Rí­o Aguamula. Desde su nacimiento hasta el Puente del Molino de Eusebio, y el Arroyo del Hombre desde su nacimiento hasta la confluencia con el rí­o Aguamula. - Rí­o Aguascebas Grande. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Aguascebas de la Cueva del Agua. - Arroyo Aguascebas Chico. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Aguascebas Grande. - Arroyo Aguascebas de la Cueva del Agua. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Aguascebas Grande. - Arroyo Frí­o o Barranco de La Yedra. Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Rí­o Gudalentí­n. - Arroyo de Los Habares. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Rí­o Guadalquivir. - Arroyo del Membrillo. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Rí­o Guadalquivir. - Arroyo de los Tornillos de Gualay. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Rí­o Guadalentí­n. - Arroyo del Torno. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Rí­o Madera. - Arroyo de las Truchas. Desde los nacimientos de los Arroyos de Guadahornillo y La Agracea hasta su confluencia con el Rí­o Borosa. - Arroyo y Laguna de Valdeazores. Desde el nacimiento de los Arroyos de Vadeazorillos y Valdeazores hasta el lí­mite con la presa de Los Organos o de La Feda. Incluye la Laguna de Valdeazores y el Arroyo de Aguasnegras. - La Bolera. Todos los arroyos desde su nacimiento hasta el pantano de La Bolera. - Rí­o Borosa. Desde la Presa de los Organos o de La Feda hasta el puente de la Central Eléctrica. - Rí­o Guadalentí­n. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Arroyo de los Tornillos de Gualay. - Rí­o Guadalquivir. Comprende seis tramos: a) Desde su nacimiento hasta el puente de Las Herrerí­as b) Desde el puente del VadilloCastril hasta el puente del Hacha. c) Desde el puente Badén de la Torre del Vinagre hasta 300 metros aguas arriba del mismo d) Desde el puente Badén Coto Rí­os hasta 300 metros aguas arriba del mismo e) Desde la presa del Tranco de Beas hasta 300 metros aguas abajo del puente de Los Agustines f) Desde el Arroyo de la Dehesa de los Barrancos hasta el Puente La Gorda. - Rí­o Madera. Desde su nacimiento hasta el arroyo de Peña Rubia. - Rí­o Segura. Comprende dos tramos: a) Desde su nacimiento hasta el puente de la carretera de Pontones a Santiago de la Espada b) Desde el Puente del Charco del Humo hasta el puente de la Huelga de Utrera. - Rí­o Tus. Desde su nacimiento hasta el lí­mite con la provincia de Albacete. - Rí­o Zumeta. Desde su nacimiento hasta el puente de La Fuenseca. - Rí­o Guadalimar. Desde el lí­mite con la provincia de Albacete hasta el puente de la carretera de la Puerta de Segura a Siles. - Arroyo de Hoyo Redondo. Desde su nacimiento hasta la cascada de Palomera. - Rí­o Valdearazos. Desde el nacimiento del Arroyo Tercero hasta 1.500 metros aguas abajo de la cota del Embalse del Quiebrajano, en la desembocadura del barranco de Los Lobos por la margen derecha y también 1.500 metros aguas abajo por la margen izquierda, hasta el punto situado frente a la desembocadura del mencionado barranco. - Rí­o Grande. Desde el Charco de Utrera hasta el puente de La Mina. - Rí­o Susana. Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Rí­o Grande. - Rí­o Chircales. Desde su nacimiento hasta la confluencia con el Rí­o Grande. - Rí­o Jándula. Desde 350 metros aguas abajo del Puente de Hierro hasta el vado de Las Perdices. MALAGA - Rí­o Benaoján. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Rí­o Guadiaro. - Rí­o Genal. Desde su nacimiento hasta su confluencia con el Rí­o Seco. - Rí­o Patamalara. Desde la fábrica de luz hasta la captación de aguas de Torrox. - Rí­o Turillas. Desde el enclavado de Los Llanos hasta la Adecuación Recreativa «Fábrica de la Luz». - Rí­o GuadalhorceEl Chorro. Desde el pie de las presas del Conde de Guadalhorce y GuadalhorceGuadalteba, hasta la salida del Desfiladero de Los Gaitanes. - Rí­o Guadalhorce. Desde el lí­mite provincial MálagaGranada hasta las proximidades del núcleo urbano de Villanueva del Trabuco. - Lagunas Grande y Chica de Archidona. Toda su extensión. - Lagunas incluidas en el Paraje Natural Desembocadura del Rí­o Guadalhorce. Toda la extensión de las mismas. - Arroyo de La Ventilla. Desde el puente de la antigua carretera RondaCampillos hasta el núcleo urbano de Arriate. - Rí­o Verde, desde la desembocadura en el embalse de la Concepción hasta el Dique. - Rí­o Hoyo del Bote en toda su extensión, desde el nacimiento hasta la desembocadura en el embalse de La Concepción. - Surgencia del rí­o Gaduares (boca de la cueva del Gato) hasta la confluencia con el rí­o Guadiaro. - Rí­o Turón, desde su nacimiento hasta la presa de la acequia de riego, entre los diques primero y segundo. - Rí­o Guadaleví­n, desde su nacimiento hasta la carretera de San Pedro de Alcántara. - Arroyos de La Fuensanta y Almenara, desde su nacimiento hasta el rí­o Turón. SEVILLA - Rí­o Agrio y rí­o Guadiamar, y todos sus afluentes, por ambas márgenes, hasta 3 km de aguas arriba de su desembocadura. - Todas las zonas de Entremuros del Guadiamar. - El tramo del Brazo de la Torre comprendido entre la Vuelta de la Arena, en el muro izquierdo de Entremuros del Guadiamar, hasta su desembocadura. - Zona inundable comprendida entre la compuerta de la laguna de Dehesa de Abajo hasta el muro izquierdo de Entremuros del Guadiamar, situada al norte de la carretera que une la venta del cruce con Entremuros (carretera de CHG). - Laguna de la Dehesa de Abajo. - Tramo del Arroyo San Pedro, desde el azud de la antigua Fundición de la Fábrica de El Pedroso hasta su confluencia con la Rivera del Huéznar. - Embalse del Retortillo: desde la desembocadura del arroyo de El Higuillo hasta la desembocadura del arroyo de Las Animas. - Arroyo Higuerón, Mascardó y Salado de Lebrija, con sus afluentes: Desde su nacimiento hasta que cruzan por debajo de la autopista AP4. - Arroyo de Santiago y sus afluentes: Desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Pantano de la Torre del Aguila. - Arroyo Montero y Salado de Morón, con sus afluentes hasta su desembocadura en el Pantano de la Torre del Aguila. - Azud de El EsparragalLa Zarzamora: Desde el azud hasta la cola de la lámina de agua (cota 87). - Arroyo Gargantafrí­a: Desde su desembocadura en el rí­o Viar hasta la desembocadura del arroyo La Calzadilla. - Rivera del Huéznar: Desde La Chorrera del Moro hasta el Puente de la Ctra. de Cazalla de la Sierra a Constantina. ANEXO V EXCEPCIONES EN EMBALSES GRANADA Denominación: Embalse de Los Bermejales. Término municipal: Arenas del Rey. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos permitidos: Artificiales y cereales, leguminosas, patata cocida, lombriz, asticot y masilla como naturales autorizados. Cupo de capturas. Salmónidos: 0. Boga, cacho y barbo: 10, resto de especies ilimitado. A efectos de la práctica de la pesca se considera el embalse como aguas cipriní­colas. Denominación: Embalse de Negratí­n. Término municipal: Cuevas del Campo, Freila, Zújar, Baza, Cortes de Baza, Benamaurel y Guadix. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos permitidos: Artificiales y cereales, leguminosas, patata cocida, lombriz, asticot y masilla como naturales autorizados. Cupo de capturas. Salmónidos: 0. Boga, cacho y barbo: 10, resto de especies ilimitado. A efectos de la práctica de la pesca se considera el embalse como aguas cipriní­colas. Denominación: Embalse Francisco Abellán. Término municipal: La Peza y Cortes y Graena. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos permitidos: Artificiales y cereales, leguminosas, patata cocida, lombriz, asticot y masilla como naturales autorizados. Cupo de capturas. Salmónidos: 0. Boga, cacho y barbo: 10, resto de especies ilimitado. A efectos de la práctica de la pesca se considera el embalse como aguas cipriní­colas. Denominación: Embalse de Canales. Término municipal: Gí¼éjarSierra. Perí­odo hábil: Ciprí­nidos, todo el año. Salmónidos, alta montaña. Cebos permitidos: Durante el perí­odo hábil de truchas en alta montaña se podrán utilizar cebos artificiales. autorizados para pesca sin muerte y como naturales autorizados, cereales y leguminosas; fuera de este perí­odo, únicamente se podrán utilizar cereales y leguminosas. Cupo de capturas. Trucha común 0. Boga, cacho y barbo: 10, resto de especies ilimitado. A efectos de la práctica de la pesca se considera el embalse como aguas trucheras. JAEN Denominación: Embalse Tranco de Beas. Término municipal: SantiagoPontones y Hornos de Segura. Perí­odo hábil: Baja montaña para la trucha y todo el año para el resto de las especies. Cebos permitidos: Artificiales y todos los naturales autorizados. Cupo de capturas: Trucha arcoiris: 10 durante la época hábil de baja montaña. Boga, cacho y barbo: 10. Resto de especies ilimitado. En época de veda de la trucha se devolverán inmediatamente a las aguas las posibles capturas de truchas. A efectos de pesca se consideran aguas cipriní­colas. Denominación: Embalse de Las Anchuricas. Término municipal: SantiagoPontones. Perí­odo hábil: 3. er domingo de marzo al 30 de noviembre. Cebos permitidos: Artificiales, masilla y cereales. Cupo capturas: El número de truchas establecido en aguas libres e ilimitado para el resto de las especies. A efectos de pesca se consideran aguas trucheras. MALAGA Denominación: Embalse de La Concepción. Término municipal: Istán. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos permitidos: Artificiales y naturales autorizados. Cupo capturas: 10 ejemplares de cualquier especie. A efectos de la práctica de la pesca se consideran aguas cipriní­colas. Denominación: Embalse del Conde Guadalhorce. Término municipal: Ardales. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos permitidos: Artificiales y cereales, leguminosas, patata cocida, lombriz, asticot y masilla, como naturales autorizados. Cupo capturas. Ciprí­nidos: 10 ejemplares. Blackbass: 5 ejemplares. Lucio y tenca: 5 ejemplares. Resto de especies: Ilimitado. A efecto de pesca se consideran aguas cipriní­colas. Denominación: Embalse de GuadalhorceGuadalteba. Término municipal: Campillos, Antequera. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos permitidos: Artificiales y cereales, leguminosas, patata cocida, lombriz, asticot y masilla, como naturales autorizados. Cupo capturas. Ciprí­nidos: 10 ejemplares. Blackbass: 5 ejemplares. Lucio: 5 ejemplares. Resto de especies: Ilimitado. A efectos de pesca se consideran aguas cipriní­colas. Denominación: Embalse de La Viñuela. Término municipal: La Viñuela. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos permitidos: Artificiales y cereales, leguminosas, patata cocida, lombriz, asticot y masilla, como naturales autorizados. Cupo capturas. Ciprí­nidos: 10 ejemplares. Blackbass: 5 ejemplares. Lucio: 5 ejemplares. Resto de especies: Ilimitado. A efectos de pesca se consideran aguas cipriní­colas. SEVILLA Denominación: Embalse del Retortillo. Término municipal: Puebla de los Infantes y Hornachuelos. Perí­odo hábil: Todo el año. Cebos permitidos: Artificiales y todos los naturales autorizados. Cupo capturas: Boga, cacho y barbo: 10. Resto de especies ilimitado, devolviéndose acto seguido de extraerse las capturas de trucha. A efectos de la práctica de la pesca se consideran aguas cipriní­colas. ANEXO VI AGUAS LIBRES TRUCHERAS NO HABITADAS POR LA TRUCHA COMUN ALMERIA - Rí­o Nacimiento y afluentes (aguas abajo del Parque Nacional). - Rí­o Ohanes: Aguas abajo del Parque Nacional de Sierra Nevada. GRANADA - Rí­o Padules (todo su curso). - Rí­o Riofrí­o desde el puente de la carretera de Rute hasta confluencia con el Genil. - Rí­o Lanteira (aguas abajo del Parque Nacional). - Rí­o Dólar (aguas abajo del Parque Nacional). - Rí­o Laroles (aguas abajo del Parque Nacional). JAEN - Rí­o Guadalquivir desde el cortafuegos El Remendado hasta el Embalse del Tranco. ANEXO VII ARTES AUTORIZADAS POR ESPECIES EN EL ESTUARIO DEL GUADALQUIVIR Y SUS MARISMAS - Angula y camarón: La luz mí­nima de todas las redes y en todos los casos será de 1 mm de lado de cuadro para la angula y de 6 mm para el camarón. 1. Cedazo: Construido por una red montada sobre un armazón rí­gido rectangular provisto de un mango para su uso manual. Las dimensiones máximas del rectángulo son de 2 x 0,80 m. 2. Cuchara de mano: Construida sobre dos varas cruzadas de 1,80 m de longitud y apertura máxima de 1 m. 3. Cuchara de popa o coriana: Construida sobre dos varas cruzadas de hasta 14 m de longitud y apertura máxima de 10 m. 4. Cucharas o bandas laterales: Es el arte empleado por el denominado barco coriano o cucharero. El arte de red de forma rectangular va montado sobre un armazón rí­gido dispuesto a babor y a estribor de la embarcación, que se iza verticalmente en todo su conjunto. Estas bandas laterales nunca podrán superar los 7 m de largo por 5 m de ancho (35 m 2 por panel o banda). 5. Persiana: Este arte se utiliza como la cuchara, desde el barco coriano. La red que forma el copo se fija a dos varas horizontales que se desplazan verticalmente formando la boca del arte, de forma que la vara superior se coloca a ras de agua y la inferior regula la apertura de boca. La longitud de las varas no podrá ser superior a 20 m y la apertura de boca será inferior a 2 m. Se prohí­be todo tipo de arte diferente a las descritas y, expresamente, las nasas libres en el fondo del cauce principal y las situadas en la orilla, así­ como cualquier otro tipo de arte fija como las bateas o bidonadas. - Anguila y cangrejo rojo: 1. Nasa holandesa: Construida con red sobre 5 aros de madera o hierro plastificado con diámetros de luz 55, 50, 45, 40 y 35 cm aproximadamente y 3 muertes. La luz de la red es de 12 mm de lado de cuadro para la primera muerte, 8 mm para la segunda y 6 mmpara la tercera o copo. 2. Nasa cangrejera: Semejante a la anterior, con la diferencia de que tienen una muerte menos y la luz de malla es de 15 mm en la primera muerte y 8 mm en elcopo o cola. Las nasas, en todos los casos, irán provistas de un dispositivo situado antes de la primera muerte que impida la existencia de huecos mayores de 4 cm dispuestos hacia el exterior y su instalación en los Espacios Protegidos requerirá la autorización de la Delegación Provincial correspondiente de la Consejerí­a de Medio Ambiente, quien fijará los posibles lugares para instalación de nasas, el horario de pesca y el tiempo máximo para la revisión o levantado de las nasas. - Lubina, baila, barbo, carpa y múgiles: 1. Trasmallo: Construido por una red rectangular con dimensiones máximas de 30 mde longitud por 3 mde anchura y luz de malla igual o superior a 35 mm de lado de cuadro. 2. Cuchara de popa o coriana: Con red de cuadro de 35 mm de lado. 3. Cucharas o bandas laterales: Con red de cuadro de 35 mm de lado. 4. Persiana: Con red de cuadro de 35 mm de lado. 5. Tarraya: Construida por una red triangular formando un cono de diámetro máximo de 3 m y de1,50 a 2,00 m de generatriz, con luz de malla igual o superior a 35 mm
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