Hola compañeros la norma general de ámbito estatal es del 15 de junio al 15 de septiembre ambos incluidos y de 20:00 horas a 8:00 horas pudiendo variar tanto en fechas como en horas ya que la competencia de la regulación es cedida a los ayuntamientos de cada municipio que regulan según sus necesidades siempre señalizándolo debidamente. Respecto a quien tiene preferencia si el pescador o el bañista ninguno de los dos la tiene, la preferencia será del primero que se ponga aun asi ante cualquier conflicto debemos cesar nuestra actividad pues bajo ningún concepto podemos poner en peligro la integridad física de ningún usuario de la playa el pescador es responsable de su equipo de sus plomos de sus anzuelos y del daño que pueda ocasionar a otros usuarios de la playa siempre podemos encontrarnos a algún tontorrón que se nos meta a bañarse delante de las cañas pero esto no es excusa para continuar pescando de forma temeraria poniéndolo en peligro tengamos o no razón os pondré un ejemplo vais conduciendo y se os cruza un peatón sin paso de cebra indebidamente a nadie se le ocurriría atropellarlo por el mero echo de tener preferencia pues en la pesca igual paramos resolvemos el conflicto como podamos y una vez solucionado continuamos con nuestra actividad debemos ser responsables y bajo ningún concepto poner a nadie en peligro es de pura lógica primero las personas y después cualquier actividad recreativa que queramos realizar
Saludos y buena pesca